C/ MATÍAS NICOLÁS BUSTOS RIQUELME
Rol
O-5588-2023
Fecha
17 de abril de 2024
Materia
TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 19 de septiembre de 2023, a las 10.20 horas aproximadamente, en Centro Penitenciario Colina I, ubicado en carretera General San Martín N° 665, comuna de Colina, el interno requerido MATIAS NICOLAS BUSTOS RIQUELME fue sorprendido por funcionario de Gendarmería teniendo en su poder 01 teléfono celular marca Samsung, color blanco, con cámara y batería incorporada, más 02 tarjeta SIM de la compañía WOM, sin estar legal o reglamentariamente autorizado al efecto SE DECLARA: I. Que se condena a MATÍAS NICOLÁS BUSTOS RIQUELME, cédula de identidad N° 0019780393-2, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de su condena, en su calidad de autor del delito de TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER Código.Penal, cometido en esta comuna de Colina el día 19 de septiembre de 2023, pena corporal que deberá cumplir de manera efectiva por no cumplir con ningún requisito de las penas sustitutivas que contempla la Ley 18.216 por ser todo improcedente, sin que se registren abonos que considerar. II. Por haber admitido el sentenciado MATÍAS NICOLÁS BUSTOS RIQUELME responsabilidad en los hechos contenidos en el Código: EJSNXNGFTSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl requerimiento, se le exime del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente NO renuncia a recursos y plazos legales. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por MANUEL ALEJANDRO SALGADO BERNA, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Colina. “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodisp
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a MATÍAS NICOLÁS BUSTOS RIQUELME, cédula de identidad N° 0019780393-2, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de su condena, en su calidad de autor del delito de TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER Código.Penal, cometido en esta comuna de Colina el día 19 de septiembre de 2023, pena corporal que deberá cumplir de manera efectiva por no cumplir con ningún requisito de las penas sustitutivas que contempla la Ley 18.216 por ser todo improcedente, sin que se registren abonos que considerar. II. Por haber admitido el sentenciado MATÍAS NICOLÁS BUSTOS RIQUELME responsabilidad en los hechos contenidos en el Código: EJSNXNGFTSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl requerimiento, se le exime del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente NO renuncia a recursos y plazos legales. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por MANUEL ALEJANDRO SALGADO BERNA, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Colina. “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformid
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SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Colina, diecisiete de abril de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO: MANUEL ALEJANDRO SALGADO BERNA(S) RUC: 2301042177-2 RIT: 5588 - 2023 IMPUTADO: MATÍAS NICOLÁS BUSTOS RIQUELME C.I. 0019780393-2 FECHA DE NACIMIENTO 20-03-1998 NACIONALIDAD: CHILENO DIRECCIÓN Calle SAN MIGUEL Nº 1766 COMUNA: La Florida. DE
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