FIGUEROA CON DURÁN Y SANHUEZA LTDA.
Rol
O-588-2021
Fecha
19 de mayo de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la misma. La parte demandante solicita al Tribunal se dicte sentencia, según lo dispuesto en el artículo 453, número 3, inciso segundo del Código del Trabajo, teniendo por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda, conforme lo dispone la misma norma. El Tribunal resuelve: Atendido el mérito de autos, el Tribunal omite la recepción de la causa a prueba y procede a dictar y notificar la sentencia definitiva de forma inmediata. En cuanto a la aplicación del artículo 453 del Código del Trabajo, se deja su resolución para definitiva. VALPARAÍSO, dieciocho DE mayo DE DOS MIL veintidós.- VISTO, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia. Se deja constancia que el registro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema.
Fallo
Por estas consideraciones y, conforme a lo dispuesto en los artículos 1698 del Código Civil 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12, 41 y sgtes.,66 y sgtes., 160 N°7, 162, 163, 168, 171, 172, 173, 420, 446 y sgtes. del Código del Trabajo, disposiciones del Decreto Ley N°3.500, disposiciones de la ley 17.322 y, demás normas legales aplicables en la especie, SE DECLARA: I. Que, se acoge la demanda deducida por don RODRIGO FERNANDO FIGUEROA CATALÁN, en contra de la sociedad DURÁN Y SANHUEZA LTDA., representada por don RAFAEL DURAN DIAZ, todos ya individualizados y, se declara la nulidad de su despido, razón por la cual se condena a la parte demandada a pagar al actor todas las remuneraciones y prestaciones devengadas desde sus separación, ocurrida el 27 de febrero de 2021, hasta que se lleve a cabo la convalidación y, a declarar y enterar las cotizaciones de seguridad social, esto es, previsionales, de salud y de cesantía, devengadas durante todo el periodo de vigencia de la relación laboral, esto es, desde el febrero de 2017 , hasta el febrero de 2021, en las instituciones a cuales se encuentra afiliado el trabajador. II. Que, se acoge la demanda y se declara este auto despido justificado, razón por la cual se condena a la demandada a pagar al demandante la suma de $773.805, por concepto de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo y, la suma de $3.095.220,- por concepto de indemnización por años de servicio, debiendo aplicarse a esta última el recargo legal equivalente al 50%. I
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Valparaíso, miércoles, 18 de mayo de 2022 RUC 21-4-0337076-K RIT O-588 – 2021 MAGISTRADO Juan Tudela Jiménez ADMINISTRATIVO DE ACTAS Diego Velasco Sánchez HORA DE INICIO 10:06 Horas.- HORA DE TERMINO 10:17 Horas.- SALA DE AUDIENCIA Sala Virtual N° 5 Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0337076-K-1338 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENT
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica