Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ GABRIELA IRAIPI GUTIERREZ

Rol

O-782-2023

Fecha

16 de abril de 2024

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la acusación, según se indica en el auto de apertura dictado Código: XJJZXNXCPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por el Juzgado de Garantía de Antofagasta con fecha 10 de octubre de 2023, son los siguientes: “Con fecha 11 de noviembre de 2022, alrededor de las 06.30 horas, personal policial recibió un llamado a nivel Cenco en orden a verificar la sustracción del vehículo marca Nissan, modelo V-16, color morado, PPU TB-5876, de propiedad de la víctima I.D.G.C., la cual se habría producido momentos antes desde las afueras del domicilio ubicado en calle Abracita Nº 230 de la ciudad de Antofagasta, en esas circunstancias personal policial comenzó un patrullaje por el sector, visualizando el vehículo sustraído, que transitaba a gran velocidad y era conducido por un hombre por la intersección de Avenida Arturo Pérez Fernández con calle Juan Bravo, por lo que comenzó un seguimiento controlado, a raíz del cual se logró interceptar el vehículo en la intersección de Avenida Clodomiro Rozas con Solón Salas, en donde el conductor del vehículo se dio a la fuga, Código: XJJZXNXCPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 siendo alcanzado por personal policial, los que al inspeccionar el vehículo se percataron que en el asiento trasero se encontraba la imputada, quien conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito del vehículo dada las circunstancias previas y la proximidad espacio temporal con la sustracción del mismo”. El ente persecutor señaló que estos hechos constituían el delito consumado de receptación de vehículo, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en el cual le atribuyó a la acusada participación como autora en los términos del artículo 15 Nº 1 del mismo cuerpo legal, reconociendo como circunstancia modificatoria de responsabilidad penal la atenuante del artículo 11 Nº 6 del Código

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes. Que con fecha once del presente mes y año, se realizó el juicio oral en causa RIT N° 782- 2023 y RUC N° 2201123272-1, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por el juez presidente Francisco Lanas Jopia y por las magistrados María Isabel Rojas Medar y Claudia Lewin Arroyo, con la asistencia del Fiscal Javier Loyola Reyes, con domicilio conocido en esta ciudad y forma de notificación registrada en la causa, la acusada GABRIELA IRAIPI GUTIERREZ, C.I. N° 14.891.607-1, boliviana, nacida el 4 de enero de 1989, 35 años, soltera, comerciante, domiciliada en Mercedes 680 de Antofagasta, representada por el Defensor Penal Licitado Sergio Balcázar Arias por la titular Camila Valdivia, también con domicilio conocido en esta ciudad y forma de notificación registrada en la causa. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos contenidos en la acusación, según se indica en el auto de apertura dictado Código: XJJZXNXCPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por el Juzgado de Garantía de Antofagasta con fecha 10 de octubre de 2023, son los siguientes: “Con fecha 11 de noviembre de 2022, alrededor de las 06.30 horas, personal policial recibió un llamado a nivel Cenco en orden a verificar la sustracción del vehículo marca Nissan, modelo V-16, color morado, PPU TB-5876, de propiedad de la víctima I.D.G.C., la cual se habría producido momentos antes desde las afueras del domicilio ubicado en calle Abracita Nº 230 de la ciudad de Antofagasta, en esas circunstancias personal policial comenzó un patrullaje por el sector, visualizando el vehículo sustraído, que transitaba a gran velocidad y era conducido por un hombre por la intersección de Avenida Arturo Pérez Fernández con calle Juan Bravo, por lo que comenzó un seguimiento controlado, a raíz del cual se logró interceptar el vehículo en la intersección de Avenida Clodomiro Rozas con Solón Salas, en donde el conductor del vehículo se dio a la fuga, Código: XJJZXNXCPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 siendo alcanzado por personal policial, los que al inspeccionar el vehículo se percataron que en el asiento trasero se encontraba la imputada, quien conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito del vehículo dada las circunstancias previas y la proximidad espacio temporal con la sustracción del mismo”. El ente persecutor señaló que estos hechos constituían el delito consumado de receptación de vehículo, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en el cual le atribuyó a la acusada participación como autora en los términos del artículo 15 Nº 1 del mismo cuerpo legal, reconociendo como circunstancia modificatoria de responsabilidad penal la atenuante del artículo 11 Nº 6 del Código Penal, por lo que requirió para la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, mas multa equivalente al val

Fallo

por tanto, su situación migratoria es irregular, conforme a lo establecido en el artículo 1 N°4 de la Ley 21.325”. b) La condena aplicable, conforme se discurriera en el motivo 12°, no supera el rango de los 5 años y, c) Se ha requerido el informe que prescribe el inciso 2° del artículo 34 en análisis, y como se dijo éste es favorable a la expulsión. DÉCIMO CUARTO: Cumplimiento de la pena de multa. Que en concordancia con lo antes resuelto, resulta incompatible disponer ya sea cuotas para el pago de la multa determinada o que ésta se satisfaga con la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, y debiendo permanecer privada de libertad la encausada hasta que se materialice su expulsión, debe presumírsele sin recursos ni medios para dar cumplimiento a su pago, así existiendo la posibilidad de sustituirla, lo que resulta más beneficioso, la multa se le tendrá por cumplida con el lapso Código: XJJZXNXCPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 28 transcurrido entre el 18 de diciembre de 2023 al 16 de enero de 2024 lapso que totaliza treinta días. DECIMO QUINTO: Comiso. Que finalmente se dispondrá el comiso de un destornillador color amarillo punta paleta, pues se trató de un instrumento que facilitó la comisión del delito, pues con el mismo se le dio contacto al vehículo. DECIMO SEXTO: Costas. Que finalmente se eximirá a la sentenciada del pago de las costas, obligación en cuanto condenada en este juicio

Texto Completo (Preview)

1 RIT N°: 782-2023 RUC N°: 2201123272-1 DELITO: RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO ACUSADA: GABRIELA IRAIPI GUTIERREZ DEFENSOR: SERGIO BALCÁZAR ARIAS FISCAL: JAVIER LOYOLA REYES Antofagasta, dieciséis de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes. Que con fecha once del presente mes y año, se realizó el juicio oral en causa RIT N° 782- 2023 y RUC N° 2201123272-1, ante

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