C/ ANGÉLICA MARÍA AGÜERO AGÜERO
Rol
O-1166-2023
Fecha
16 de abril de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Ante este Juzgado de Garantía de Chiguayante se ha presentado la Fiscal adjunto de Concepción, Sra. Andrea Melo Sanhueza, domiciliada en San Juan Bosco 2026 de Concepción, formulando acusación verbal en contra de los siguientes imputados: ANGÉLICA MARÍA AGÜERO AGÜERO, RUN 16.286.209-K, nacida el 06 de enero de 1987, actualmente sin oficio, domiciliada en calle Yugoslavia pasaje B casa 115, Leonera, Chiguayante, ROLANDO ARTURO CABRERA SEPULVEDA, RUN 15.592.651- 1, nacido el 09 de marzo de 1978, comerciante, domiciliado en Esmeralda 3533, Leonera, Chiguayante, y de FRANCISCO JAVIER ASENJO AGUERO, RUN 20.962.149-5, nacido el 29 de enero de 2022, trabaja en la construcción, domiciliado en Yugoslavia pasaje B casa 109, leonera, Chiguayante, por atribuirles responsabilidad de autores, en el delito de Tráfico Ilícito de drogas, previsto y sancionado en los artículos 1 y 3 de la ley 20.000.- Los acusados están representados en la audiencia por el abogado defensor particular don Carlos Concha Jara. El Ministerio Público solicita continuar la causa según las normas del procedimiento abreviado, petición a la que se dio lugar por reunirse los requisitos legales. En ella estuvieron ininterrumpidamente presente esta juez, la Fiscal Sra., Andrea Melo Sanhueza, el abogado don Carlos Concha Jara, y los imputados ya individualizados.- PRIMERO: La acusación Fiscal se fundamenta en los siguientes: Hechos: Desde fecha indeterminada y hasta el día 14 de septiembre de 2023, los imputados ANGELICA MARIA AGÜERO AGÜERO, ROLANDO ARTURO CABRERA SEPULVEDA, FRANCISCO JAVIER ASENJO AGÜERO, tomaron parte en la venta específicamente de cocaína base en el domicilio ubicado en pasaje 3, casa N° 212, Leonera, de la comuna de Chiguayante. Así, el día 02 de septiembre de 2023, en horas de la tarde la imputada ANGELICA MARIA AGÜERO AGÜERO, en el mismo domicilio realizó una venta de dos contenedores de 0.58 gramos bruto de cocaína base al agente revelador en la suma de $2.000 pesos. Además, el
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a ANGÉLICA MARÍA AGÜERO AGÜERO, RUN 16.286.209- K, ROLANDO ARTURO CABRERA SEPULVEDA, RUN 15.592.651-1, y FRANCISCO JAVIER ASENJO AGUERO, RUN 20.962.149-5, ya individualizados, por su responsabilidad de autores en el delito de TRÁFICO ILICITO DE DROGAS previsto y sancionado en los artículos 1 y 3 de la ley 20.000, cometido en grado de consumado en la comuna de Chiguayante, el 14 de septiembre de 2023, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA (3 AÑOS Y 1 DIA) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, a las accesorias de Inhabilitación absoluta perpetua para derechos politicos, y la de inhabillitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Se le impone además, el pago de una multa a beneficio fiscal por el monto de DIEZ UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES a cada uno de los condenados. Las multas se le tienen por pagadas, con 30 dias de los que estuvieron privados de libertad con motivo de esta causa, ya que su control de detención se efectuo el 15 de septiembre de 2023, habiendo sido detenidos el 14 de septiembre de 2023, manteniendose la cautelar hasta el dia de hoy 16 de abril de 2024.- III.- Se decreta el comiso de las especies y dinero que fueron incautadas, para los fines que correspondan por parte del Ministerio Público.- IV.- Que Habiendo reconocidos los sentenciados, los hechos de la acusación y aceptado el procedimiento abreviado, se le exime del pago de las costas. V.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 15°
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Chiguayante, dieciséis de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS: Ante este Juzgado de Garantía de Chiguayante se ha presentado la Fiscal adjunto de Concepción, Sra. Andrea Melo Sanhueza, domiciliada en San Juan Bosco 2026 de Concepción, formulando acusación verbal en contra de los siguientes imputados: ANGÉLICA MARÍA AGÜERO AGÜERO, RUN 16.286.209-K, nacida el 06 de enero de 1987, actualmente sin
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