Juzgado de Garantía de Colina

C/ MATÍAS IGNACIO CANCINO BARRUETO

Rol

O-759-2023

Fecha

16 de abril de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día de febrero de , a las . horas aproximadamente, el imputado MATIAS IGNACIO CANCINO BARRUETO ingresó al domicilio ubicado en San Marcos block Nº , departamento Nº , en la comuna de Colina, desclavando una plancha de zinc del techo del patio delantero para entrar y, una vez en su interior, procedió a romper la chapa de la puerta de ingreso y la del dormitorio, la que estaba con un candado de seguridad, sustrayendo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, $ . pesos que estaban sobre el velador y diversas especies comestibles, siendo sorprendido en ese momento por la víctima de iniciales E.F.V.A., instante en que el imputado corrió hacia la cocina, tomó un cuchillo cocinero y le manifestó “si te acercas, te mato”, para luego huir hacia la vía pública. SE DECLARA: I. Que se condena a MATÍAS IGNACIO CANCINO BARRUETO, cédula de identidad N° - , ya individualizado, a sufrir la pena de 5 AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MINIMO por el delito de Robo en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo N° del Código Penal en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado, ilicito cometido el de febrero del año en la comuna Código: XFXSXMKXSQZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de Colina. II. Inhabilitación absoluta perpetua para cargo y oficio público y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, previsto en el artículo 8 del Código Penal. III. Se ordena cumplir con lo dispuesto en el artículo de la Ley que crea el Registro Nacional de ADN, deberá tomarse una muestra biológica para determinación de huella genética, lo que será coordinado por el delegado del Centro de Reinserción Social que corresponda. IV. Que habiendo admitido el sentenciado este procedimiento, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa. V. El cumplimiento de la pena deberá ser efectiva, sirviéndole de abono los días que e

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a MATÍAS IGNACIO CANCINO BARRUETO, cédula de identidad N° - , ya individualizado, a sufrir la pena de 5 AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MINIMO por el delito de Robo en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo N° del Código Penal en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado, ilicito cometido el de febrero del año en la comuna Código: XFXSXMKXSQZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de Colina. II. Inhabilitación absoluta perpetua para cargo y oficio público y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, previsto en el artículo 8 del Código Penal. III. Se ordena cumplir con lo dispuesto en el artículo de la Ley que crea el Registro Nacional de ADN, deberá tomarse una muestra biológica para determinación de huella genética, lo que será coordinado por el delegado del Centro de Reinserción Social que corresponda. IV. Que habiendo admitido el sentenciado este procedimiento, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa. V. El cumplimiento de la pena deberá ser efectiva, sirviéndole de abono los días que estuvo privado de libertad por esta causa desde el día de febrero del año a esta fecha, sirviéndole como abono en este caso días. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Téngase presente renuncia a recursos y plazos legales realiza

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Colina, dieciséis de abril de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO: ALEJANDRO JAVIER TENORIO OJEDA RUC: - RIT: - IMPUTADO: MATÍAS IGNACIO CANCINO BARRUETO C.I. - FECHA DE NACIMIENTO - - NACIONALIDAD: CHILENO DIRECCIÓN Calle SAN MARCOS DPTO , SAN ALFONSO, BLOCK Nº COMUNA: Colina. DELITO Robo en lugar habitado

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