SALGADO/MOVIMIENTOS DE TIERRA Y CONSTRUCCIONES YERCOVIC JONATHAN ALVARADO RIQUELME E.I.R.L
Rol
M-7-2022
Fecha
18 de mayo de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar los siguientes: 1.- Monto a considerar para los efectos previstos en el artículo 172 del Código del Trabajo. 2.- Circunstancia de separación de funciones de cada trabajador, si ello aconteció mediante despido o simplemente ocurrió por vencimiento del plazo. 3.- Prestaciones adeudadas, naturaleza y monto; particularmente las relativas a compensación de feriado proporcional. 4.- Existencia de deuda previsional, y particularmente si el empleador demandado dio estricto cumplimiento a su deber de enterar en las entidades respectivas las sumas correspondientes a cotizaciones de seguridad social. 5.- Extensión de responsabilidad de la demandada solidaria y/o subsidiaria.
Fundamentos
Fundamentos de la misma. MEDIOS DE PRUEBA. LA PARTE DEMANDANTE OFRECE: DOCUMENTAL: La parte demandante viene en ofrecer los siguientes documentos: 1.- Contrato de trabajo de don Alex Salgado de fecha 1 de marzo del año 2021. 2.- Contrato de trabajo de don Ezio Salgado de fecha 1 de marzo del año 2021. 3.- Presentación de reclamo ante la Inspección del Trabajo, realizada por don Alex Salgado de fecha 5 de enero del año 2022. 4.- Presentación de reclamo ante la Inspección del Trabajo, realizada por don Ezio Salgado de fecha 5 de enero del año 2022. 5.- Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo, realizada por don Alex Salgado de fecha 16 de febrero del año 2022. 6.- Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo, realizada por don Ezio Salgado de fecha 16 de febrero del año 2022. 7.- Certificado de cotizaciones de AFP MODELO, correspondientes a don Ezio Salgado de fecha 15 de mayo del año 2022. 8.- Certificado de cotizaciones de AFC CHILE, correspondientes a don Ezio Salgado de fecha 15 de mayo del año 2022. 9.- Certificado de cotizaciones de FONASA, correspondientes a don Ezio Salgado de fecha 15 de mayo del año 2022. 10.- Certificado de cotizaciones impagas de AFP PROVIDA, correspondientes a don Alex Salgado de fecha 15 de mayo del año 2022. 11.- Certificado de cotizaciones de AFP PROVIDA, correspondientes a don Alex Salgado de fecha 16 de febrero del año 2022. 12.- Certificado de cotizaciones de AFC CHILE, correspondientes a don Alex Salgado de fecha 15 de mayo del año 2022. 13.- Certificado de cotizaciones de FONASA, correspondientes a don Alex Salgado de fecha 15 de mayo del año 2022. 14.- Informe de Deuda Previsional de fecha 13 de mayo del año 2022, correspondientes a don Alex Salgado. 15.- Informe de Deuda Previsional de fecha 13 de mayo del año 2022, correspondientes a don Ezio Salgado. 16.- Cartolas de Banco Estado, correspondientes a don Alex Salgado. 17.- Cartolas de Banco Estado, correspondientes a don Ezio Salgado. El Tribunal resuelve, preséntese e incorpórese. CONFESIONAL: La parte demandante viene en solicitar se cite a absolver posiciones a don YERCOVIC JONATHAN ALVARADO RIQUELME en representación de la demandada principal; y a don WEI LYU, en representación de la demandada solidaria/subsidiaria, ambos bajo el apercibimiento previsto por el artículo 454 N°3 del Código del Trabajo El Tribunal resuelve, como se pide, bajo el apercibimiento previsto en el artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo. EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS: La parte demandante viene en solicitar se exhiban los siguientes documentos: Respecto de la demandada principal: 1.- Carta de aviso de término de contrato de trabajo, copia de la misma dirigida a la Inspección del Trabajo y comprobantes de envío de carta certificada de dichos documentos, respecto a ambos demandantes. 2.- Liquidaciones de remuneraciones suscrita por los actores, desde marzo del año 2021 hasta enero del año 2022, respecto a ambos demandan
Fallo
se declara: No ha lugar, por ser esta una Audiencia Única. La parte demandante viene en reponer a la resolución que no dio lugar a hacer efectivo el apercibimiento relativo a la exhibición de documentos, indicando que esta es una Audiencia Única. El tribunal resuelve, por los mismos argumentos de la resolución recurrida, y visto lo establecido por los artículos 474 y siguientes del Código del Trabajo, no ha lugar. LA PARTE DEMANDADA MOVIMIENTOS DE TIERRA Y CONSTRUCCIONES YERCOVIC JONATHAN ALVARADO RIQUELME E.I.R.LINCORPORA: DOCUMENTAL. La parte demandada incorpora los siguientes documentos: 1.- Contratos de trabajo de los demandantes, a plazo fijo, celebrados en los meses de julio y septiembre del año 2021. 2.- Certificados De Cotizaciones Previsionales De Los Demandantes, Correspondientes al Año 2021. CONFESIONAL: La parte demandada viene en desistirse de la prueba confesional solicitada. LA PARTE DEMANDADA LSK CONSTRUCTORA SPA INCORPORA: DOCUMENTAL. La parte demanda incorpora los siguientes documentos. 1.- Inscripción de compraventa de fecha 23 de diciembre de 2016, entre Inmobiliaria Montebruno Limitada e Inmobiliaria e Inversiones LSK House SpA, en el Conservador de Bienes Raíces de Quillota. 2.- Permiso de edificación Nº 172017, otorgado por la Ilustre Municipalidad de Quillota a la sociedad Inmobiliaria e Inversiones LSK House SpA. 3.- Reducción a escritura pública, otorgada en la notaría de Quillota de don Julio Abuyeres Jadue, del permiso de edificación Nº
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 16 de mayo de 2022 RUC 22-4-0389275-4 RIT M-7-2022 MAGISTRADO Rolando Alvear Valenzuela ADMINISTRATIVO DE ACTAS Francisca Pozo Godoy HORA DE INICIO 13.05 horas HORA DE TERMINO 14.30 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0389275-4-96 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE ALEX FELIPE SALGADO ACLE PARTE DEMANDA
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