Juzgado de Garantía de Arica.

CRISTIAN ALBERTO PINTO SÁNCHEZ C/ ALEJANDRO ANTONIO YÁÑEZ AGUILERA

Rol

O-1261-2024

Fecha

14 de abril de 2024

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 14 de enero de 2024, a las 20:35 horas aproximadamente, en la intersección de las calles Av. Diego Portales con Alfredo Raiteri, de Arica, el requerido ALEJANDRO ANTONIO YAÑEZ AGUILERA, fue sorprendido, por funcionarios policiales de Carabineros de Arica, en labores de patrullaje preventivo y previa fiscalización, portando en la pretina de su pantalón al costado derecho una arma blanca tipo cuchillo de 9.5 cm de hoja visible, útil, y afilada color verde y 10cm de empuñadura envolviendo una hoja de 15 cm. no pudiendo justificar razonablemente su porte, personal policial procedió a su detención”. Calificación jurídica, participación y grado de desarrollo del delito: A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos del delito de porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, y le atribuye participación en calidad de autor ejecutor. Circunstancias modificatorias: Invoca la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal del artículo 11 No. 9 del Código Penal, para el evento de admisión de responsabilidad. Código: BVXXXMPXLHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Consulta de admisión: Ante la consulta de rigor, el imputado admite responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. Sentencia Procedimiento Simplificado: Arica, catorce de abril de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 31, 49, 50, 68, 69, 70 y 288 bis del Código Penal; y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a ALEJANDRO ANTONIO YÁÑEZ AGUILERA, cédula de identidad N° 13.862.533-8, ya individualizado, a la multa de un tercio de unidad tributaria mensual, más el co

Fallo

se declara: I.- Que se condena a ALEJANDRO ANTONIO YÁÑEZ AGUILERA, cédula de identidad N° 13.862.533-8, ya individualizado, a la multa de un tercio de unidad tributaria mensual, más el comiso del arma blanca incautada, sin costas, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, perpetrado en Arica el 14 de enero de 2024. II.- Que la multa impuesta se le tiene por pagada con el día privado de libertad en la causa, control de detención de hoy 14 de abril de 2024. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra ejecutoriada. Orden de libertad. RUC 2400057830-0 RIT 1261 - 2024 Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña CARMEN MACARENA CALAS GUERRA, Jueza del Juzgado de Garantía de Arica. Código: BVXXXMPXLHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-15T08:53:24-0400

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, catorce de abril de dos mil veinticuatro. Magistrada CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Fiscal PATRICIO MANUEL ESPINOZA GONZALEZ Defensor JORGE ORLANDO VIDELA HERRERA Tipo Audiencia Control de detención Hora inicio 15:37 Hora termino 15:41 Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio Acta JPastén RUC 2400057830-0 RIT 1261 - 2024 Delito Porte de arma cort

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