Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

JOHAN ANTONI (CARABINERO) SOTO GARRIDO C/ OSVALDO MIGUEL RODRÍGUEZ CÁCERES

Rol

O-391-2022

Fecha

12 de abril de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos consignados en el auto de apertura, los que se describen bajo el siguiente tenor: “El día 08 de Septiembre de 2018, a las 19:40 horas aproximadamente, en circunstancias que personal policial realizaba controles vehiculares selectivos, por Av. Las Américas esquina calle Finlandia, de Alto Hospicio, fiscalizaron al conductor del vehículo, marca Toyota, Modelo Hilux, PPU. N° KLSV-33, el acusado OSVALDO MIGUEL RODRIGUEZ CACERES, constatando personal policial que este se encontraba en evidente estado de ebriedad, dado a su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. Por tanto procedieron a su detención y traslado al centro asistencial a efectuar la alcoholemia respectiva, la que arrojó que el acusado conducía con 1,72 gramos de alcohol por mil en la sangre de su organismo, quedando constancia de ello en el Informe de Alcoholemia N° 4128-2018. Además el acusado, conducía con su licencia de conducir Suspendida por un plazo de 05 años, por Sentencia condenatoria firme y ejecutoriada, en Código: TCNXMQFDSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl causa RUC 1501171401-0, RIT 849-216, dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, de fecha 03 de Mayo de 2017 .” Estimó que la prueba de cargo, consistente en la declaración de los funcionarios de carabineros que participaron del procedimiento, Yohan Antony Soto Garrido y Cristopher Rojas Lovera unido a la prueba documental y pericial resultó suficiente y apta para determinar la autoría del acusado por el delito consumado de conducción de vehículos motorizados en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida, previsto y sancionado en el artículo 196 y 110 de la Ley de Tránsito Nº18.290, en relación con el artículo 209 inciso segundo del mismo cuerpo legal; solicitando la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, cancelación de la licen

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Partes y Tribunal. El día ocho de abril del presente año, se constituyó una sala del Tribunal presidida por el magistrado Franco Repetto Contreras e integrada por las juezas Piedad Del Villar Domínguez y Nancy Alvarado González, con el objeto de realizar el juicio oral en virtud de la acusación interpuesta por el Ministerio Público, representado en audiencia por el fiscal, abogado Héctor López Sepúlveda y en contra de OSVALDO MIGUEL RODRÍGUEZ CÁCERES, cédula de identidad 15.007.770-2, chileno, nacido en Arica el 6 de agosto de 1982, 41 años, casado, estudios superiores, domiciliado en avenida Unión Europea N°2831, comuna de Alto Hospicio, representado en audiencia por sus defensores de confianza, abogados Miguel Marín y Ximena Santos Tapia; todos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación y Defensa. I. Acusación. Conforme lo expresó el fiscal del Ministerio Público en sus alegaciones, se trató de un manejo en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida lo que se evidenció al ser fiscalizado el acusado por personal policial y constatarse que mantenía condenas anteriores por el mismo delito; lo que acreditará con la prueba de cargo conforme a los hechos consignados en el auto de apertura, los que se describen bajo el siguiente tenor: “El día 08 de Septiembre de 2018, a las 19:40 horas aproximadamente, en circunstancias que personal policial realizaba controles vehiculares selectivos, por Av. Las Américas esquina calle Finlandia, de Alto Hospicio, fiscalizaron al conductor del vehículo, marca Toyota, Modelo Hilux, PPU. N° KLSV-33, el acusado OSVALDO MIGUEL RODRIGUEZ CACERES, constatando personal policial que este se encontraba en evidente estado de ebriedad, dado a su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar.

Fallo

Por tanto procedieron a su detención y traslado al centro asistencial a efectuar la alcoholemia respectiva, la que arrojó que el acusado conducía con 1,72 gramos de alcohol por mil en la sangre de su organismo, quedando constancia de ello en el Informe de Alcoholemia N° 4128-2018. Además el acusado, conducía con su licencia de conducir Suspendida por un plazo de 05 años, por Sentencia condenatoria firme y ejecutoriada, en Código: TCNXMQFDSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl causa RUC 1501171401-0, RIT 849-216, dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, de fecha 03 de Mayo de 2017 .” Estimó que la prueba de cargo, consistente en la declaración de los funcionarios de carabineros que participaron del procedimiento, Yohan Antony Soto Garrido y Cristopher Rojas Lovera unido a la prueba documental y pericial resultó suficiente y apta para determinar la autoría del acusado por el delito consumado de conducción de vehículos motorizados en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida, previsto y sancionado en el artículo 196 y 110 de la Ley de Tránsito Nº18.290, en relación con el artículo 209 inciso segundo del mismo cuerpo legal; solicitando la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, cancelación de la licencia de conducir y pena de multa de 5 UTM, accesorias legales y costas de la causa; estimando que le perjudica la agravante del art

Texto Completo (Preview)

c/ OSVALDO MIGUEL RODRÍGUEZ CÁCERES Delitos: Conducción en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida (Art. 196 y 209, ley 18.290) RIT : - RUC : - Iquique, doce de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Partes y Tribunal. El día ocho de abril del presente año, se constituyó una sala del Tribunal presidida por el magistrado Franco Repe

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