Juzgado de Letras y Garantía de Litueche.

NIBALDO ANDRÉS BAEZA ERICES C/ JUAN FRANCISCO MENARES BRICE¤O

Rol

O-434-2023

Fecha

8 de abril de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el Ministerio Público ha requerido en procedimiento simplificado a don JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO, cédula de identidad N° 0011980321-7, domiciliado en La Vega de Pupuya S/N, comuna de Navidad, respecto del siguiente hecho: Hecho: El día 20 de abril de 2023, aproximadamente a las 22.00 horas, el requerido JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO condujo en estado de ebriedad el vehículo P.P.U. XX-9120, por el camino a Pupuya, comuna de Navidad, lugar donde es fiscalizado por Personal de Carabineros. Al realizar la prueba de aliento arrojó como resultado 2.29 g/L de alcohol en la sangre. Realizado el examen de alcoholemia este arrojo como resultado 2.69 gramos por mil en la sangre. Calificación Jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos del delito de conducción en estado de ebriedad, descrito y sancionado en el artículo 196 de la Ley de Tránsito, en grado de CONSUMADO, en que al imputado le cabe participación en calidad de AUTOR. Antecedentes en que funda el requerimiento: a) Parte de Carabineros de Chile N° 133 de fecha 20 de abril de 2023 que da cuenta del hecho. b) Extracto de filiación del imputado JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO, c) Hoja de vida del conductor del imputado JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO. d) Boleta de alcoholemia de JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO, e) Boleta de intoxilyzer de JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO. f) Informe de alcoholemia de JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO. g) Declaración de NIBALDO ANDRES BAEZA ERICES. h) Datos de Atención de Urgencia e Informe de Lesiones de JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO. Circunstancias Modificatorias De Responsabilidad Penal: Código: BFQXXMHDMMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Página 2 de 4 A juicio del Ministerio Público respecto de JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO concurre atenuante de responsabilidad penal del Art. 11 N° 6 del Có

Fallo

POR TANTO, y teniendo presente lo establecido en los artículos 390 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 196 de la Ley 18.290, artículos 3, 4 y 38 de la Ley 18.216, y demás normas legales pertinentes, SE RESUELVE: I).- Que, SE CONDENA a don JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO, cédula de identidad N° 0011980321-7, domiciliado en La Vega de Pupuya S/N, comuna de Navidad, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo y oficio público durante el lapso de la condena, multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, y suspensión de licencia de conducir por el término de dos años, por su responsabilidad en calidad de autor y en grado de desarrollo de consumado del delito de Manejo en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley de Tránsito, cometido el 20 de abril de 2023, en esta jurisdicción. Código: BFQXXMHDMMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Página 3 de 4 II).- Que, reuniendo el sentenciado, los requisitos que establece los artículos 3 y 4 de la ley 18.216, con las modificaciones introducidas por la ley 20.603, se sustituye la pena corporal impuesta por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto a la observancia de Gendarmería de Chile, por el término Un año, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social de San Antonio, para registro y control respectivo, en la semana que

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JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Página 1 de 4 Procedimiento Simplificado. Litueche, ocho de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1° Que el Ministerio Público ha requerido en procedimiento simplificado a don JUAN FRANCISCO MENARES BRICEÑO, cédula de identidad N° 0011980321-7, domiciliado en La Vega de Pupuya S/N, comuna de Navidad, respecto del siguiente hecho

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