MP C/ JAIME ALFREDO LYNCH ROMERO
Rol
O-2738-2024
Fecha
11 de abril de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 46 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 3 - 4 RUC 4 4 - Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: LAN. Código: JQKHXMBMXZW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-11T13:36:30-0400
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, , 446 N° 3 del Código Penal; artículos y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a JAIME ALFREDO LYNCH ROMERO, RUN N° . . - , ya individualizado, ya individualizado, como autor de tentativa del delito de hurto simple, del artículo 446 N° del Código Penal, en perjuicio de Tienda Comercial HOMECENTER SODIMAC, cometido en Puerto Montt, el día 1 de abril de 2 24, a la PENA de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual. II.- Que, la pena privativa de libertad y la multa impuesta se les da POR CUMPLIDAS con la jornada de detención que le afectó en la presente causa, a saber, del día 1 al 11 de abril de 2 24. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 46 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 3 - 4 RUC 4 4 - Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: LAN. Código: JQKHXMBMXZW Este documento tiene firma electrónica y su original p
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Sentencia: Puerto Montt, once de abril de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, , 446 N° 3 del Código Penal; artículos y siguientes del Código Proce
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