REDHILL MAGALLANES SPA/
Rol
V-58-2020
Fecha
2 de marzo de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: En esta causa rol V-58-2020 del ingreso de este Tercer Juzgado Civil de Punta Arenas, con fecha 22 de septiembre de 2020, a las 15:32 horas, según consta a folio 1, se presentó Pablo José Mir Balmaceda, chileno, casado, abogado, RUT Nº 6.374.989-3, en representación de Redhill Magallanes SpA, sociedad chilena de giro minería, RUT Nº 76.147.041-8, ambos domiciliados para estos efectos en roca 911, oficina 4 Edificio Victoria, Punta Arenas, solicitando se declare constituida una concesión de exploración minera en su favor, la que se denominará “MUELA 9”, cuya cara superior comprenderá 300 hectáreas. El Punto Medio de la cara superior de esta concesión está ubicada en la intersección de las coordenadas U.T.M. Norte: 4.080.500 metros, Este: 684.500 metros, referidas al Elipsoide Sudamericano de Referencia 1969, Datum Sudamericano CHUA, Brasil 1969, huso 18. El área pedida tendrá la forma de un rectángulo de 3.000 metros en la orientación Norte-Sur U.T.M. y 1.000 metros en la orientación Este-Oeste U.T.M. Con fecha 16 de octubre de 2020, se canceló la tasa de pedimento conforme se aprecia de folio 6.623.260 y el día 9 de diciembre de 2020 se pagó la patente de concesión de exploración como se aprecia de folio 6.632.571, como consta de los documentos acompañados en el folio 4. Con fecha 28 de septiembre de 2020, se inscribió el pedimento de autos a fojas 209 N°223 del Registro de Descubrimientos de Minas de 2020 del Conservador de Minas de Punta Arenas, según consta de copia acompañada a folio 4. Con fecha 19 de octubre de 2020, la inscripción señalada precedentemente fue publicada en el Boletín Oficial de Minería en su edición N° 42.783. A folio 14, rola informe del Servicio Nacional de Geología y Minería, emitido con fecha 22 de febrero de 2021, en que se informa a este Tribunal acerca de los aspectos técnicos relacionados con la solicitud de autos y plano de la referida concesión, señalando que éstos se encuentran conforme con las disposiciones legales vigen
Fundamentos
Considerando: Primero: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 34 del Código de Minería, “Las concesiones mineras se constituyen por resolución judicial dictada en un procedimiento no contencioso, sin intervención decisoria de otra autoridad o persona”. Segundo: El artículo 43 del mismo Código señala los requisitos que debe contener el pedimento y el artículo 56 del mismo cuerpo legal, los trámites posteriores. Por otra parte, el artículo 57 inciso 3° dispone que “si el informe es favorable, el juez dictará sentencia, declarando constituida la concesión de exploración”. Tercero: Consta de los antecedentes allegados a la solicitud que se han cumplido con todos los trámites que señala la ley y que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería de Chile es favorable al peticionario. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 34 a 58, 86 y siguientes del Código de Minería, artículos 13 y siguientes del Reglamento del Código de Minería, y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se aprueba el plano de la concesión de exploración “MUELA 9” acompañado a folio 4; y II.- Que se declara constituida la concesión de exploración “MUELA 9”, ya singularizada, a favor del peticionario Pablo Mir Balmaceda, en representación de Redhill Magallanes SpA, en una superficie total de 200 hectáreas, cuyas coordenadas UTM de los vértices y punto de interés son: COORDENADAS U.T.M. (m) PUNTO NORTE ESTE P.M. 4.080.500,00 684.500,00 V1 4.082.000,00 684.000,00 V2 4.082.000,00 685.000,00 V3 4.079.000,00 685.000,00 V4 4.079.000,00 684.000,00 III.- Extráctese la presente sentencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Minería, publíquese dicho extracto, inscríbase en el Registro de Descubrimientos Mineros del Conservador de Minas respectivo y archívese en dicho registro, una copia del plano. IV.- Remítase copia de esta sentencia constitutiva, al Servicio Nacional de Geología y Minería. Dése copia autorizada si se solicitare. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. . Dictada por don Javier A. Toledo Vildósola, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. En Punta Arenas, a 2 de marzo de 2021. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano esta
Texto Completo (Preview)
FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Punta Arenasº CAUSA ROL : V-58-2020 CARATULADO : REDHILL MAGALLANES SPA/ Punta Arenas, dos de marzo de dos mil veintiuno. Visto: En esta causa rol V-58-2020 del ingreso de este Tercer Juzgado Civil de Punta Arenas, con fecha 22 de septiembre de 2020, a las 15:32 horas, según consta a folio 1, se presentó Pablo José Mi
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