4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ FREDDY ANGELINO LAGOS RAMOS

Rol

O-326-2023

Fecha

10 de abril de 2024

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, RECEPTACION. ART. 456 BIS A., ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos expuestos, la victima Alejandro Fidel Jiménez Becerra resultó con lesiones de carácter leve consistentes en hematomas y contusiones. Los hechos anteriormente descritos a juicio del Ministerio Público constituyen los delitos de robo con violencia e intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero, en relación con los artículos 432 y 439 del Código Penal; porte y tenencia de arma prohibida, previsto y sancionado en los artículos 13 y 14 de la ley 17.798 sobre de control de armas en relación con el artículo 3 letra d) del mismo cuerpo legal; y receptación de especies previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal; encontrándose todos en grado de desarrollo consumado, y cabiéndole a todos los acusados participación en calidad de coautores en cada ilícito. A juicio del Ministerio Público, respecto de los tres acusados, JUAN MANUEL ESCALONA MARTÍNEZ, FREDDY ANGELINO LAGOS RAMOS y CAMILO NICOLÁS ESCALONA MARTÍNEZ, concurre la agravante del artículo 449 bis del Código Penal, esto es, el haber actuado formando parte de una agrupación u organización de dos o más personas destinada a cometer hechos punibles. Por su parte, respecto del imputado JUAN MANUEL ESCALONA MARTÍNEZ, el ente persecutor estima que concurren las circunstancias agravantes de la responsabilidad penal del artículo 12 Nº14 del Código Penal, esto es, cometer el delito mientras cumple una condena y, respecto del delito de robo con violencia e intimidación, la agravante del artículo 12Nº16 del Código Penal, esto es haber sido condenado anteriormente por delito de la misma especie. Conforme lo anterior la Fiscalía requiere que a los acusados FREDDY ANGELINO LAGOS RAMOS y CAMILO NICOLÁS ESCALONA MARTÍNEZ se les impongan las siguientes penas: • La pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, el comiso de las especies incautadas conforme al artículo 31 del Código Penal, las accesorias legalmente procedentes conforme al artículo 28 del Código Penal, y al pago

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante la sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, presidida por el juez Pedro Aravena Bouyer, e integrada por las juezas María Alejandra Cuadra Galarce, y, Andrea A. Iligaray Llanos, los ocho a primero a cinco de abril del presente año, se verificó el juicio oral en causa RUC 2200362646-K, RIT 326-2023, seguida contra de los acusados JUAN MANUEL ESCALONA MARTÍNEZ, cédula nacional de identidad N° 19.585.892-6, nacido el 14 de junio de 1997 en la ciudad de Quinta Normal, trabajador dependiente, cuarto medio rendido, soltero, domiciliado en Parcelación, Las rosas Lote 7, Comuna de San Gregorio, Ñuble; CAMILO NICOLÁS ESCALONA MARTÍNEZ, cédula nacional de identidad N° 17.739.289- 8, nacido el 13 de septiembre de 1990 en la ciudad de Quinta Normal, 33 años, maestro de construcción, soltero, cuarto medio, en Parcelación, Las rosas Lote 7, Comuna de San Gregorio, Ñuble; audiencia FREDDY ANGELINO LAGOS RAMOS, cédula nacional de identidad N° 15.957.989-1, nacido el 31 de diciembre de 1984, nacido en la ciudad de Santiago, 39 años, comerciante ambulante, soltero, domiciliado en pasaje Los Aymaras Nº 7255, comuna de Cerro Navia, por su participación en calidad de coautores de un delito de Robo con intimidación o violencia, receptación y porte de instrumentos conocidamente para cometer delito. Fue parte acusadora en el juicio el Ministerio Público representado por el fiscal Fernando Donoso Rosello, y, en representación de los acusados litigaron doña Paula Lorena Carozzi Soto, en representación de Freddy Lagos Ramos; y, los abogados don Adolfo Ignacio Miranda Urzúa, por Juan Escalona Martínez, y, Carlos Godoy, por Camilo escalona Martínez, todos defensores penales privados. SEGUNDO: Acusación fiscal. La imputación efectuada por el Ministerio Público en contra de los acusados ya individualizados, según el auto de apertura del juicio oral, es la siguiente: “El día 15 de abril de 2022, alrededor de las 19:15 horas, los imputados FREDDY ANGELINO LAGOS RAMOS, JUAN MANUEL ESCALONA MARTÍNEZ, CAMILO NICOLÁS ESCALONA MARTÍNEZ, junto a un cuarto sujeto no identificado, previamente concertados para robar, concurrieron al Código: DLJXXMVFHLW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 domicilio de la víctima Alejandro Fidel Jiménez Becerra, ubicado en calle Cinco n°2194-C, comuna de Quinta Normal, lugar en donde aparentando ser funcionarios de la Policía de Investigaciones, portando placas policiales, lograron que la víctima les abriera la puerta del inmueble, ingresando con la víctima al domicilio, lugar en donde la intimidaron con armas de fuego y otras que parecían serlo, y que cada uno de los imputados portaba consigo, exigiéndole la entrega de una caja de fondos, de dinero y de un arma, bajo amenaza de dispararle, y mientras la víctima era golpeada por los imputados, quienes luego la amarran de manos, le sustraen una piocha de or

Fallo

se acuerda que día de la semana era, no recuerda si era feriado. Estaba en su patio cuando vio pasar un auto “soplado”, vio muchos cabro arriba del auto, a lo más tenían 18 años eran seis, el segundo auto se estacionó fuera de la casa de Jairo. El primero tenía cosas, como una tele, después se fue al negocio. Imagina que eran cosas robadas, el lugar se presta para que lleven distintas cosas robadas, en esa casa vivía un caballero no se fijó si él estaba. Estaba lleno de patrullas, muchas ese día, a una vecina la boto una patrulla un auto blanco de civil, ese dia quedo un caos no sabe si le tiraron piedras al auto 2.- Documental: Informe de geolocalización por el Departamento de Monitoreo Telemático de Gendarmería de Chile respecto del acusado Juan Manuel Escalona Martínez, elaborado con fecha 24 de noviembre de 2022 que abarca los movimientos del día 15 y 16 de abril desde un espacio de las 06:00 AM de la mañana del día 15 de abril hasta las 06:00 AM del día 16 de abril de 2022. Eventos del 15 de abril 2022: N°53 /233//350/641/757/772/787/830/844/845/855/860/867/936/962. Notas: N°13/12/11/8/ II.- Prueba de la defensa de Freddy Angelino Lagos Ramos: 1.- Testimonial: 1.- SUSANA TRINIDAD ORTEGA MARTÍNEZ, cédula nacional de identidad 16.146.408-2, vendedora de local comercial, con domicilio en Los Aymaras nº7255, comuna de Cerro Navia, quien expuso que a su pareja lo detuvieron por un supuesto robo con intimidación, ellos trabajan juntos en la feria libre de fin de semana recorr

Texto Completo (Preview)

1 RUC 2200362646-K RIT 326-2023 Ministerio Público / Escalona Martínez y otros Robo con Violencia/receptación/tenencia arma prohibida Santiago, diez de abril de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante la sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, presidida por el juez Pedro Aravena Bouyer, e integrada por las juezas Mar

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