INVERSIONES SAN JAVIER LTDA./VALDÉS
Rol
C-2300-2020
Fecha
1 de marzo de 2021
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A lo principal, con fecha 10 de agosto de 2020, comparece don Ernesto Herrera Gonz lez, abogado,á en representaci n de Sociedad Inversiones San Javieró Limitada, persona jur dica del giro de su denominaci n, ambos domiciliados en calleí ó Cordov z N° 588, oficina N° 311, La Serena, interponiendoé demanda de t rminoé de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, en contra de Sociedad Multiservicios Vald s, persona jur dica del giro de su denominaci n, representadaé í ó por do a Mackarena Nicol Vald s Ly,ñ é comerciante, ambas domiciliadas en Sitio de 2500 metros cuadrados, un corredor techado de 14,5 por 2,7 metros y una bodega de dos ambientes de 4,1 por 6,7 metros ubicados en Avenida Balmaceda N° 2295, La Serena; y tambi n en contra de su codeudora solidaria do a Mackarena Nicolé ñ Vald s Ly ya individualizada- con domicilio particular en C ndores del Norte,é – ó Parcela 25AB, Coquimbito, La Serena, en base a lo que se expondr .á Refiere que su representada es due a del inmueble ubicado en Avenidañ Balmaceda N° 2295, La Serena, consistente en un Sitio de 2.500 metros cuadrados, un corredor techado de 14,5 por 2,7 metros y una bodega de dos ambientes de 4,1 por 6,7 metros. Que enseguida, por instrumento privado de fecha 11 de febrero de 2020, se firm un contrato deó arrendamiento entre la sociedad Inversiones San Javier Limitada, debidamente representada por do a Alicia Findel Westermeier -en suñ calidad de arrendadora- y la sociedad Multiservicios Vald s SpA, representada poré do añ Mackarena Nicol Vald s Ly, como arrendataria, respecto del inmueble antesé C-2300-2020 Foja: 1 singularizado; incluy ndose en el arriendo los bienes muebles que se detallan en elé inventario que forma parte integrante del contrato, seg n se estableci en suú ó cl usula octava. á Agrega que el contrato regir a por un a o y 16 d as a contar del 12 deí ñ í febrero de 2020, pudiendo renovarse t cita y autom ticamente por iguales periodosá á en la forma estipulada en la cl usul
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el arrendamiento, seg n el art culo 1915 del C digo Civil,ú í ó es un contrato en que dos partes se obligan rec procamente: la una a conceder elí goce de una cosa, y la otra a pagar un precio determinado por ella. As , es unaí obligaci n de la esencia para el arrendatario el pago del precio o renta, seg n loó ú establecido en el art culo 1942 del mismo cuerpo legal. Adem s, de acuerdo a loí á dispuesto en el art culo 1545 del C digo Civil, todo contrato legalmente celebradoí ó es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales. En efecto, para la procedencia de la presente acci n, es necesario que eló demandante pruebe la existencia del contrato y sus cl usulas. Mientras que, si loá acredita, es de carga probatoria de la parte demandada demostrar que ha dado pago o soluci n a las rentas de arrendamiento y dem s obligaciones pactadas.ó á SEGUNDO: Que el demandante, en orden a acreditar el fundamento de su acci n, acompa la siguiente prueba documental:ó ñó En el tercer otros del libelo de fecha 10 de agosto de 2020:í 1.- Contrato de arrendamiento del inmueble e inventario de las especies muebles que forman parte del mismo, celebrado con la demandada con fecha 11 de febrero de 2020. 2.- Copia de la Factura Electr nica N° 14210960, por la suma deó $261.400.- correspondiente a la deuda por consumos de electricidad durante el periodo comprendido entre el 23 de mayo de y el 19 de junio de 2020, servicio cliente N° 5792543. 3.- Recibo de gastos N° 10417, por la suma de $56.060.-correspondiente a la deuda (gastos comunes) por consumos de agua del inmueble arrendado entre el 07 de agosto y el 05 de junio de 2020. 4.- Recibo de gastos N° 10492, por la suma de $75.615.- correspondiente a la deuda (gastos comunes) por consumos de agua del inmueble arrendado entre el 06 de junio y el 06 de julio de 2020. C-2300-2020 Foja: 1 5.- Copia de la escritura p blica de mandato general, de fecha 22 deú febrero de 2016, Repertorio N° 1285, otorgada en la Notaria de La Serena servida por don scar Fern ndez Mora, en la que consta la personer a de donÓ á í Javier Morales Findel para actuar a nombre y representaci n convencional deó Inversiones San Javier Limitada. TERCERO: Que por otro lado, la parte demandada no rindi pruebaó durante todo el transcurso del juicio por encontrarse rebelde. CUARTO: Que valorada la prueba de acuerdo a las reglas de la sana cr tica, conforme a lo establecido en el art culo 8 N° 7 de la Ley 18.101, yí í teniendo en especial consideraci n el contrato de arrendamiento acompa ado, se haó ñ comprobado que efectivamente con fecha 11 de febrero de 2020, entre Sociedad Inversiones San Javier Limitada en calidad de arrendadora- y Sociedad– Multiservicios Vald s SpA, como arrendataria, se celebr un contrato deé ó arrendamiento con fines comerciales- respecto de una parte del – inmueble ubicado en Avenida Balmaceda N° 2295, La Serena, consistente en un Sitio d
Fallo
fallo causa ejecutoria, o en el plazo que el tribunal fije, bajo apercibimiento de ser lanzada con auxilio de la fuerza p blica.ú 18.- Que se condena en costas a la parte demandada. Que en el primer otros de la demanda de fecha 10 de agosto de 2020, laí actora interpuso demanda subsidiaria de terminaci n de arrendamiento poró infracci n del contrato imputable al arrendatario, atendida su reiterada conducta deó no pagar la renta; de restituci n de inmueble y cobro de rentas y prestacionesó adeudadas; m s multas por retardo, en contra de la sociedad Multiservicios Vald sá é SpA, persona jur dica del giro de su denominaci n, representada por do aí ó ñ Mackarena Nicol Vald s Ly, ambas ya individualizadas; y en contra de sué codeudora solidaria, do a Mackarena Nicol Vald s Ly, en virtud de los siguientesñ é fundamentos. Refiere que su representada es due a del inmueble ubicado en Avenidañ Balmaceda N° 2295, La Serena, consistente en un Sitio de 2.500 metros cuadrados, un corredor techado de 14,5 por 2,7 metros, y una bodega de dos ambientes de 4,1 por 6,7 metros. Que enseguida, por instrumento privado de fecha 11 de febrero de 2020, se firm un contrato deó arrendamiento entre la sociedad Inversiones San Javier Limitada, debidamente representada por do a Alicia Findel Westermeier -en suñ calidad de arrendadora- y la sociedad Multiservicios Vald s SpA, representada poré do añ Mackarena Nicol Vald s Ly, como arrendataria, respecto del inmueble antesé singularizado; incluy ndose en
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C-2300-2020 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-2300-2020 CARATULADO : INVERSIONES SAN JAVIER LTDA./VALD SÉ La Serena, uno de Marzo de dos mil veintiuno Vistos: A lo principal, con fecha 10 de agosto de 2020, comparece don Ernesto Herrera Gonz lez, abogado,á en representaci n de Sociedad Inversiones San Javieró Limitada,
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