3º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ FELIPE ANTONIO TAMAYO LEVIMAN

Rol

O-2367-2022

Fecha

4 de abril de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1º) Que ante este 3er Juzgado de Garantía de Santiago, el Ministerio Público representado por el fiscal Francisco Rojas, dedujo acusación verbal en contra del imputado Felipe Antonio Tamayo Leviman, CNI: 17.337.973-0, se desconoce profesión u oficio, y cuyo domicilio consta en el registro del Tribunal, quién se encuentra debidamente representado por la Defensoría Penal Pública. Los hechos de la acusación son los siguientes:  Hecho Nro. 1: El día 7 de mayo del 2022, alrededor de las 17:00 horas en circunstancias que la las victimas Ariel Lobos Pino y Ricardo Castillo Valdebenito junto a otros 2 amigos David Flores Araya y Kevin Muñoz Urrutia caminaban por calle G con pasaje Ercilla, Comuna de Recoleta, fueron interceptado por el acusado FELIPE ANTONIO TAMAYO LEVIMAN, quien extrajo un arma tipo pistola de color dorada intimidando a ambas víctimas sustrayéndole a Lobos Pino su teléfono celular marca Motorola, color azul además de su billetera mientras que a Castillo Valdebenito le sustrajo su teléfono celular marca Samsung, huyendo del lugar con las especies en su poder.  Hecho Nro. 2: El día 10 de mayo de 2022, alrededor de las 11:00 horas, mientras la victima Marcelo Asís Cuevas caminaba hacia un paradero ubicado en calle G con Huber Benítez, Comuna de Recoleta, a reunirse con doña Jaqueline Clerici Solís, quien se Código: DXXYXMXWNLT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl encontraba esperándolo en el lugar, fue interceptado a 80 metros antes de llegar al paradero por el acusado FELIPE ANTONIO TAMAYO LEVIMAN, quien extrajo un arma aparentemente de fuego, intimidándolo y sustrayéndole el teléfono celular marca Samsung, huyendo el acusado en dirección donde se encontraba la otra víctima, doña Jaqueline Clerici Solís, procediendo el acusado a apuntarla con el arma de fuego a la altura del estómago sustrayéndole el teléfono celular, marca Samsung, huyendo del lugar con las especies en su poder.  Hecho Nro. 3: El día 29 de abril del 2022, alrededor de las 08:00 horas, la victima Yoel Maximiliano Lagos Muñoz, 17 años de edad, en circunstancias que caminaba hacia su liceo fue interceptado en calle G con Las Vertientes, Comuna de Recoleta, por el acusado FELIPE ANTONIO TAMAYO LEVIMAN, quien procedió apuntarlo con un arma de fuego señalándole “entrégame el teléfono y la plata o te pego un balazo”, registrando las vestimentas, sustrayéndole su teléfono celular, iPhone 11, color negro, huyendo del lugar con la especie en su poder.  Hecho Nro. 4: El día 21 de mayo de 2022, alrededor de las 08:30 horas, en circunstancias que la víctima doña Loida Abigail Pichun Ormeño, caminaba por la vereda oriente de calle Juan Cristóbal en dirección al norte, al llegar a la altura de la numeración 4401, Comuna de Recoleta, fue interceptada por el acusado FELIPE ANTONIO TAMAYO LEVIMAN, quien acompañado de otros sujeto aún no identificados, procedieron a intimidar a la víctima apuntándola con

Fallo

se declara: i.- Que se condena a Felipe Antonio Tamayo Leviman, a la pena única de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo y a la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor de 4 delitos de robo con intimidación, en grado de ejecución consumados, previstos y sancionados en el artículo 436 en relación al artículo 432 y 439 del Código Penal. Estos cuatro delitos fueron cometidos en territorio jurisdiccional del tribunal, el día 07 de mayo de 2022, el día 10 de mayo de 2022, el 29 de abril de 2022 y el 21 de mayo de 2022, en la comuna de Recoleta, ii.- Que atendido los antecedentes personales y sociales del sentenciado, en particular su extracto de filiación y antecedentes, así como la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito, no se decreta ninguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley No. 18.216, por lo que deberá cumplir efectivamente la pena privativa de libertad que le ha sido impuesta. Que se imputará el tiempo en que el sentenciado ha permanecido sujeto a prisión preventiva en la causa, ininterrumpidamente entre los días 04 de junio de 2022 al actual 04 de abril de 2024, enterando un total de 671 días de abono. iii.- Que no habiéndose determinado la huella genética del sentenciado durante el procedimiento, cúmplase con determinar la referida huella genética en esta oportunidad, previ

Texto Completo (Preview)

RIT: 2367-2022 RUC: 2200454505-6 IMPUTADO: Felipe Antonio Tamayo Leviman MATERIA: Robo con intimidación AUDIENCIA: Procedimiento Abreviado Santiago, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro OÍDOS LOS INTERVINIENTES, VISTO Y CONSIDERANDO: 1º) Que ante este 3er Juzgado de Garantía de Santiago, el Ministerio Público representado por el fiscal Francisco Rojas, dedujo acusación verbal en contra del im

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