Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

INDUSTRIA DE ACERO MANUFACTURADO LTDA/FERNÁNDEZ

Rol

I-92-2021

Fecha

12 de mayo de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que en estos antecedentes Rit I-92-2021, Ruc 21-4-0353938-1, compareció Jorge Ogalde Muñoz, abogado, con domicilio en Trinitarias 131, Concepción, en nombre y representación de INDUSTRIA DE ACERO MANUFACTURADO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rut 86.752.500-9, domiciliada en Avenida Manuel Rodríguez 2881 Chiguayante, quien viene en interponer reclamación judicial en Procedimiento de Aplicación General con respecto a la Resolución de multa Nº 1262/21/52, de 9 de agosto de 2021, de conformidad a lo dispuesto en el art. 503 del Código del Trabajo, dirigiendo este reclamo en contra del Jefe de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, Marcos Fernández Palma, ingeniero comercial y funcionario público, run 10.965.059-5, ambos con domicilio en Castellón 435, 5° piso, comuna de Concepción, solicitando que se dejen sin efecto las cuatro multas reclamadas, con costas, o en subsidio, para el evento de no acogerse en todo o de acogerse sólo en parte el reclamo interpuesto, solicita disponer que cada multa en cuestión sea rebajada a su mínima expresión, y expone: Que en el curso de una fiscalización, el funcionario Alejandro Octavio Novoa Sanzana habría constatado, en lo pertinente, los siguientes hechos: 1.- Exceder el máximo de dos horas extras por día respecto del trabajador JORGE GABRIEL ROJAS LIZAMA el día 18/01/2021. 2.- No otorgar un día de descanso semanal, en compensación por las actividades desarrolladas en días domingo, respecto del trabajador JORGE GABRIEL ROJAS LIZAMA en los siguientes periodos: 26/10/2020 al 06/11/2020. 09/11/2020 al 20/11/2020. 23/11/2020 al 04/12/2020. 3.- No proporcionar libre de todo costo los elementos de protección personal, correspondiente a casco, guantes y zapatos de seguridad dieléctricos al trabajador JORGE GABRIEL ROJAS LIZAMA, quien se desempeña como eléctrico y electrónico de mantenimiento y se encuentra expuesto de forma permanente al contacto con energía eléctrica

Fallo

Por estas consideraciones, y visto -además- lo dispuesto en los artículos 1546 y 1698 del Código Civil; 184, 420; 425 a 459; 503 y siguientes del Código del Trabajo; SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la reclamación judicial presentada por Jorge Ogalde Muñoz, en representación de INDUSTRIA DE ACERO MANUFACTURADO LIMITADA, en contra del Jefe de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, Marcos Fernández Palma, todos ya individualizados, sólo en cuanto queda sin efecto la Resolución de multa Nº 1262/21/52-2, de 9 de agosto de 2021, DESESTIMÁNDOSE EN LO DEMÁS la misma demanda, confirmándose, en consecuencia, lo decidido en relación con la Resolución Nº 1262/21/52-1, 3 y 4. II.- Que, no se condena en costas a la parte reclamada, por no haber sido totalmente vencida. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Notifíquese a las partes por correo electrónico, si estuviesen registrados. RIT I-92-2021 RUC 21- 4-0353938-1 Proveyó don(a) RODRIGO HERNAN VERA GARCIA, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. En Concepción a doce de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Concepción, doce de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que en estos antecedentes Rit I-92-2021, Ruc 21-4-0353938-1, compareció Jorge Ogalde Muñoz, abogado, con domicilio en Trinitarias 131, Concepción, en nombre y representación de INDUSTRIA DE ACERO MANUFACTURADO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rut 86.752.500-9, domiciliada en Avenida Manuel Rodr

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