MP C/ BRAYAN ESTEBAN GUZMÁN BARRÍA
Rol
O-2527-2024
Fecha
4 de abril de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales. RIT 2527 - 2024 RUC 2400382236-9 Pronunciada por don ROLANDO CHRISTIAN DIAZ COLOMA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: jtm. Código: HLXPXMXSQQT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-05T12:56:08-0300
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 31, 49, 67, 70 y 288 bis del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE ABSUELVE a BRAYAN ESTEBAN GUZMÁN BARRÍA, RUN N° 0020293473-0, ya individualizado, del delito de porte de arma blanca en la vía pública, hecho ocurrido el día 04 de abril de 2024. II.- Que, SE CONDENA a BRAYAN ESTEBAN GUZMÁN BARRÍA, RUN N° 0020293473-0, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte de arma blanca en la vía pública, cometido en Puerto Montt el día 04 de abril de 2024 al PAGO de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se le da POR CUMPLIDA con el día de detención que le ha afectado en la presente causa, 04 de abril de 2024. III.- Que, se decreta el COMISO de las especies incautadas en el procedimiento, autorizando desde ya su destrucción. IV.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales. RIT 2527 - 2024 RUC 2400382236-9 Pronunciada por don ROLANDO CHRISTIAN DIAZ COLOMA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: jtm. Código: HLXPXMXSQQT Este documento tiene firma
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Sentencia: Puerto Montt, cuatro de abril de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 31, 49, 67, 70 y 288 bis del Código Penal; artículos 45,
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