1º Juzgado de Letras de San Felipe

FEINE/ROZAS

Rol

C-5635-2018

Fecha

24 de febrero de 2021

Materia

CHEQUE, NOTIFICACIÓN PROTESTO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Se ha iniciado este juicio civil, ejecutivo, rol C5635-2018, caratulado “Feine con Rozas”, por demanda interpuesta por don Juan Carlos Acuña Ibacache, abogado, en representación de don Franz Volker Feine Villarroel, contador, ambos domiciliados en calle Traslaviña 1162, comuna de San Felipe, en contra de don Rafael José Rozas Reinoso, en la que pretende el pago de la suma de $18.500.000.-, más intereses, reajustes y costas. Que, notificado y requerido de pago legalmente el ejecutado, en lo principal del escrito de excepciones, a folio 8, opone a la ejecución la excepción del N° 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Que, la parte ejecutante, no evacuo el traslado conferido dentro del plazo legal que tenía para hacerlo, el que se tuvo por evacuado en su rebeldía a folio 15. Declaradas admisibles las excepciones opuestas, se reciben a prueba en resolución de fecha 30 de septiembre de 2020, folio 16, fijándose el hecho sustancial, pertinente y controvertido que allí se señala, rindiéndose las probanzas que obran en autos. Vencido el término probatorio y el plazo para hacer observaciones a la prueba, en resolución de fecha 16 de febrero de 2021, se cita a las partes para oír sentencia. Cumplida medida para mejor resolver decretada, a folio 41 se trae la causa para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal del escrito de demanda de folio uno, comparece don Juan Carlos Acuña Ibacache, en representación de don Franz Volker Feine Villarroel, e interpone demanda ejecutiva en contra de don Rafael José Rozas Reinoso, todos ya individualizados, en la que pretende el pago de la suma de $18.500.000.-, más intereses, reajustes y costas. Funda la demanda en que consta en cuaderno de gestión preparatoria de notificación judicial de protesto de cheque, que don Rafael José Rozas Reinoso, giró el cheque serie 247 8AO- N°037- 0208-320, por la suma de $18.500.000.-, girado en contra de la cuenta Corriente número 00071524973 del Banco Santander Chile, cuyo titular es el mismo demandado. Expresa, que presentado para su cobro el cheque fue protestado por falta de fondos, y

Fallo

por tanto no pagado por el banco librado. Argumenta, que efectuada la notificación judicial del protesto, el demandado no consignó los fondos suficientes para cubrir el valor del cheque, los intereses y las costras, como así tampoco opuso tacha de falsedad a su firma puesta en el documento, dentro del plazo legal, hecho que se encuentra, hecho que se encuentra certificado en autos. Agrega, que en consecuencia, ha quedado preparada la vía ejecutiva, señalando que, siendo la obligación líquida, actualmente exigible, no estando prescrita la acción ejecutiva, por lo que se reúnen los requisitos legales para la procedencia de la demanda que se interpone. SEGUNDO: Que, la parte ejecutada notificada legalmente, en lo principal del escrito de folio 8, opone a la ejecución la excepción contemplada en el número 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la nulidad de la obligación. Funda la excepción en que, con fecha 24 de julio de 2013, el demandante fue contratado por la sucesión Carlos Rozas, con el fin de prestar servicios como contador, en el ejercicio de sus funciones el demandado debía hacer pagos de las cotizaciones previsionales de los trabajadores de la sucesión. Expresa, que a fin de facilitar el cumplimiento del pago de las cotizaciones previsionales y hacer más ágil el trabajo, el comunero Rafael Rozas entregaba de manera regular un cheque firmado en blanco para que el contador pagara con ese instrumento las cotizaciones previsionales de los trabajado

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FOJA: 54 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : C-5635-2018 CARATULADO : FEINE/ROZAS San Felipe, veinticuatro de Febrero de dos mil veintiuno VISTOS: Se ha iniciado este juicio civil, ejecutivo, rol C5635-2018, caratulado “Feine con Rozas”, por demanda interpuesta por don Juan Carlos Acuña Ibacache, abogado, en representación de don Franz Vol

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