Juzgado de Garantía de Valdivia.

MP C/ FRANCISCO JAVIER TORRES TORRES

Rol

O-214-2024

Fecha

3 de abril de 2024

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 11 de enero de 2024, a las 01:20 hrs. aproximadamente, el imputado Francisco Javier Torres Torres, concurrió hasta la altura del n° 562, del pasaje 9, villa Calafquen, Valdivia, lugar en el cual con el objeto de robar, quebró un vidrio trasero de la puerta lateral izquierda el vehículo patente rw dz 88, estacionado, en el lugar indicado, de propiedad este de doña Ninoska Valentina Toledo Veloso, sustrayendo desde el interior una billetera, para luego salir del lugar apropiándose de la misma. El mismo día 11 de enero de 2024, a las 05:00 hrs. aprox. de la madrugada, el imputado Francisco Javier Torres Torres, concurrió hasta avenida Argentina, en específico a la altura del n° 252, lugar en que se encontraba estacionado el vehículo ds kx – 67, de propiedad de don Eduardo Alfonso Greco Almonacid. correspondiente al vehículo mitsubshi outlander. en estas circunstancias, el imputado con el objeto de robar, rompió el vidrio delantero derecho del señalado vehículo, sustrayendo desde el interior, un par de lentes ópticos, 1 cargador r de teléfono y 660 pesos en dinero en efectivo. Con las especies en su poder, el imputado salió del lugar apoderándose de las especies sustraídas. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2400044661-7 -1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 12 N°16, 14 N°1, 15 N° 1, 30, 67, 432 y 443 inciso primero del Código Penal, artículos 406, 407, 409 y 411 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 17 letra a) de la Ley 19.970, se declara: Que se condena a don FRANCISCO JAVIER TORRES TORRES, Cédula de Identidad Nº 17.962.920-8, domiciliado en calle Lastarria 2575, Valdivia, como autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado, de dos delitos de robo en bien nacional de uso público previsto y sancionado en el artículo 443 inciso

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 12 N°16, 14 N°1, 15 N° 1, 30, 67, 432 y 443 inciso primero del Código Penal, artículos 406, 407, 409 y 411 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 17 letra a) de la Ley 19.970, se declara: Que se condena a don FRANCISCO JAVIER TORRES TORRES, Cédula de Identidad Nº 17.962.920-8, domiciliado en calle Lastarria 2575, Valdivia, como autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado, de dos delitos de robo en bien nacional de uso público previsto y sancionado en el artículo 443 inciso primero en relación al artículo 432 ambas normas del Código Penal, perpetrados en Valdivia el día 11 de enero de 2023, a dos penas de trescientos dos días de presidio menor en Código: FYYQXMGWQNS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl su grado mínimo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, registro de la huella genética al tenor del artículo 17 letra a de la Ley 19.970, sin costas. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad, se deja constancia que el sentenciado se encuentra sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en la presente causa en forma ininterrumpida desde el día 11 de enero de 2024 a la fecha inclusive, por lo tanto, una vez ejecutoriada la presente sentencia, ambas pe

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Valdivia, tres de abril de dos mil veinticuatro. Hechos: El día 11 de enero de 2024, a las 01:20 hrs. aproximadamente, el imputado Francisco Javier Torres Torres, concurrió hasta la altura del n° 562, del pasaje 9, villa Calafquen, Valdivia, lugar en el cual con el objeto de robar, quebró un vidrio trasero de la puerta lateral izquierda el vehículo patente rw

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