MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ MIGUEL ANGEL LENIS MENESES
Rol
O-820-2023
Fecha
2 de abril de 2024
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos siguientes, según se lee en el auto de apertura: “Con fecha 3 de marzo de 2023, siendo aproximadamente las 13:00 horas el imputado Alberto Canihuante Villablanca, fue sorprendido por funcionarios de la Tenencia Baquedano en la Ruta 5 norte en dirección al norte , kilómetro 1409 a 500 metros de del interior de la pampa ,en un camino adyacente al interior de la camioneta marca Mitsubishi, modelo Katana, placa patente única PLHX-43, portando y transportando en su interior 8 sacos Código: TXLHXMYLDMS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 contenedores de 217 paquetes enguinchados de una sustancia a la que practicada la prueba de campo , resulto coloración positiva ante la presencia de marihuana con un peso bruto de 151 kilos 728 gramos de marihuana. Dicha camioneta con la droga en su interior le había sido entregada momentos antes por los imputados Leonardo Delgado Berna, Marco López Berna y Miguel Angel Lenis Meneses, quienes se trasladaban al interior del móvil PPU BJHJ-62 marca Citroën color azul, siendo fiscalizados antes del peaje ubicado en el kilómetro 1400 de la misma ruta 5, y detenidos posteriormente por personal de OS7 , toda vez que además eran quienes cumplían la función de prestar cobertura en ruta a la camioneta contenedora de la droga hasta la ciudad de Antofagasta. Cabe hacer presente que la camioneta PPU PLHX.43 en la cual era trasladada la droga mantiene encargo por robo de fecha 07.12.2022, de la 1ra. Comisaria Calama, correspondiendo a la camioneta placa patente única SCZR-38, marca Mitsubishi, modelo Katana; mientras que las placas patentes PLHX-43, que portaba la camioneta al momento de ser fiscalizada, mantiene encargo vigente, por el delito de Robo con Intimidación, de fecha 04.11.2021, de la 2da. Comisaría Carabineros Coquimbo, por lo que los imputados no podían menos que conocer su origen ilícito”. (sic) A juicio del ente persecutor, los hechos descritos, constituyen, po
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que durante los días veintisiete y veintiocho de marzo del año en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces José Luis Ayala Leguas quien presidió, Llilian Durán Barrera, como integrante e Ingrid Castillo Fuenzalida, en calidad de redactora, se llevó a efecto audiencia del juicio oral de la causa rol único 2300239995-4, rol interno del tribunal 820-2023, seguida por los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes y de receptación de vehículo motorizado, en contra de MIGUEL ANGEL LENIS MENESES, colombiano, soltero, Cédula Nacional de Identidad 24.777.190-5, indriver, 30 años de edad, nacido el 19 de agosto de 1993, domiciliado en calle Orella N° 1345, Antofagasta; ALBERTO CLAUDIO CANIHUANTE VILLABLANCA, chileno, casado, Cédula Nacional de Identidad Nº 11.465.451-5, indriver, 54 años de edad, nacido el 10 de agosto de 1969, con domicilio en calle Edelmira Agustini N° 1698, Antofagasta; MARCO LEONCIO LOPEZ BERNA, boliviano, soltero, Cédula Nacional de Identidad Nº 14.894.260-9, albañil, 37 años de edad, nacido el 29 de junio de 1986, con domicilio en calle Tacna N°120, Antofagasta; LEONARDO DELGADO BERNA, boliviano, casado, Código: TXLHXMYLDMS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Cédula Nacional de Identidad Nº 26.417.757-k, independiente, 46 años de edad, nacido el 28 de junio de 1977, con domicilio en San Pedro s/n, Bolivia; y, por el delito de uso de placa patente correspondiente a otro vehículo en contra de ALBERTO CLAUDIO CANIHUANTE VILLABLANCA, ya individualizado. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto Héctor Araya Cubillos, mientras que la defensa del encausado Miguel Lenis la ejerció el abogado de la defensoría penal pública Justo Veneros Palta; la defensa del acusado Alberto Canihuante la ejerció la abogada particular Johanna Godoy Escobar, cedula nacional de identidad N°12.441.869-0, mientras que la defensa de Marco Leoncio López, la asumió la defensora privada Sandra Juárez, cédula nacional e identidad N°20.684.428- 0, y la defensa del acusado Leonardo Delgado, la abogada particular Diandra Aracena, cédula nacional de identidad N°15.981.484-k, todos con domicilio y forma de notificación ya registrado en el sistema informático del tribunal. SEGUNDO: Que el Ministerio Público fundó su acusación en los hechos siguientes, según se lee en el auto de apertura: “Con fecha 3 de marzo de 2023, siendo aproximadamente las 13:00 horas el imputado Alberto Canihuante Villablanca, fue sorprendido por funcionarios de la Tenencia Baquedano en la Ruta 5 norte en dirección al norte , kilómetro 1409 a 500 metros de del interior de la pampa ,en un camino adyacente al interior de la camioneta marca Mitsubishi, modelo Katana, placa patente única PLHX-43, portando y transportando en su interior 8 sacos Código: TXLHXMYLDMS Este documento tiene firma electrónica y su origin
Fallo
se acuerda el apellido, se trataba de un Citroën azul BJHJ.62 lo estaba pagando como leasing en el tiempo que lo tenía arrendado, después de este caso, ahora esta librado, se lo compró a un señor de apellido Verdejo Ríos colega del aeropuerto, hizo los trámites levantaron la prenda; a Miguel se lo arrendó esa semana el día lunes, para trabajar indriver, y le iba a cancelar 15 mil diarios; se lo arrendó el lunes 27 de febrero de 2023; no sabe nada del caso; su amigo se lo recomendó le dijo que pagaba; y por eso le arrendó el auto. Al fiscal le dijo que para arrendarle el auto, lo hizo de palabra porque el auto no estaba a su nombre ya que tenía prenda; no es primera vez que arrendaba un vehículo; esta persona tenía licencia internacional para conducir no sabe si tenía chilena; la internacional no permite conducir en Chile, pero se lo arrendó por su necesidad, ya que la señora estaba embarazada y se lo recomendaron de que era buena paga; el compromiso era pagar semanal, y no alcanzó a cumplir la semana; el día de los hechos Código: TXLHXMYLDMS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 30 lo llamó la esposa de él, de que no sabía de él, y fue lo único que supo del caso; y que el carro se lo habían quitado, se presentó a la comisaria de Baquedano y en fiscalía presentó un tercería para que le devuelvan el auto. OCTAVO: Que sin perjuicio que las defensas no controvirtieron el delito de tráfico de drogas, ni la participa
Texto Completo (Preview)
1 RIT : 820-2023 RUC : 2300239995-4 DELITO : TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES y OTRO(cond. y absol.) ACUSADOS : MIGUEL LENIS, ALBERTO CANIHUANTE Y OTROS DEFENSOR : JUSTO VENEROS, JOHANNA GODOY y OTRAS FISCAL : HECTOR ARAYA CUBILLOS Antofagasta, dos de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que durante los días veintisiete y veintiocho de marzo del año en curso, an
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica