C/ MATÍAS KEVIN VIGAR CASTILLO
Rol
O-9923-2023
Fecha
1 de abril de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos establecidos en la Sentencia El día 17 de noviembre del año 2023, a las 00:45 horas aproximadamente en Avenida Gabriela Oriente con Avenida Las Nieves Oriente la comuna de Puente Alto, el imputado MATIAS KEVIN VIGAR CASTILLO fue sorprendido por funcionarios policiales portando un arma blanca de 15 cm de empuñadora de goma de color negro y 08 cm. de hoja, con un total de 23 cm., sin justificar su porte en la vía pública MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD: 11 N°9: POR ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD SENTENCIA (Parte Resolutiva) Puente Alto, uno de abril de dos mil veinticuatro Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el Código Penal, Código Procesal Penal y demás normas pertinentes, SE RESUELVE: I.- Que se condena a MATÍAS KEVIN VIGAR CASTILLO, C.I. N° 19.228.702-2, ya individualizado, como autor del delito consumado de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Procesal Penal, por los hechos acaecidos en la comuna de Puente Alto el día 17 de noviembre de 2023 en la comuna de Puente Alto, a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se tiene por cumplida por el día que permaneció privado de libertad por esta causa, en audiencia de control de detención de fecha 17 de noviembre de 2023. II.- Que, no se condena en costas al sentenciado, por haber ahorrado al Estado los gastos que demandaría la realización de un juicio oral. Regístrese y archívese. En su oportunidad, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. SENTENCIA FIRME Y EJECUTORIADA. Dirigió la audiencia y resolvió MANUEL ANGEL MUÑOZ CID, Juez del Juzgado de Garantía de Puente Alto o La presente acta sólo constituye un registro administrativo confeccionada por el funcionario de acta, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. o Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dict
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el Código Penal, Código Procesal Penal y demás normas pertinentes, SE RESUELVE: I.- Que se condena a MATÍAS KEVIN VIGAR CASTILLO, C.I. N° 19.228.702-2, ya individualizado, como autor del delito consumado de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Procesal Penal, por los hechos acaecidos en la comuna de Puente Alto el día 17 de noviembre de 2023 en la comuna de Puente Alto, a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se tiene por cumplida por el día que permaneció privado de libertad por esta causa, en audiencia de control de detención de fecha 17 de noviembre de 2023. II.- Que, no se condena en costas al sentenciado, por haber ahorrado al Estado los gastos que demandaría la realización de un juicio oral. Regístrese y archívese. En su oportunidad, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. SENTENCIA FIRME Y EJECUTORIADA. Dirigió la audiencia y resolvió MANUEL ANGEL MUÑOZ CID, Juez del Juzgado de Garantía de Puente Alto o La presente acta sólo constituye un registro administrativo confeccionada por el funcionario de acta, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. o Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. R
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado. Fecha Puente Alto., uno de abril de dos mil veinticuatro Magistrado MANUEL ANGEL MUÑOZ CID Fiscal MICHAEL FLORES ALVAREZ Defensor MARIA JOSE MANSILLA Hora inicio 10:18AM Hora termino 10:24AM Sala SALA 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta fcl RUC 2301254931-8 RIT 9923 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MATÍAS KEVIN
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