BARRIGA/
Rol
V-205-2019
Fecha
23 de febrero de 2021
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, a folio 1, a fecha 24 de octubre de 2019, comparece doña ANDREA CECILIA MOULIAT BESOMI , abogado, cédula de identidad número 14.050.780-6, patente al día de la Ilustre Municipalidad de Curicó, en representación de don JUAN ENRIQUE BARRIGA TUÑÓN, chileno, casado, agrónomo, cédula de identidad Nº 6.609.754-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Carmen 752, Oficina 701, Curicó, quien expone: Que don JUAN ENRIQUE BARRIGA TUÑÓN es actualmente propietario del predio denominado “RESERVA DE LA HIJUELA SEGUNDA O LA PUNTILLA del FUNDO SANTA SOFÍA”, ubicado en la Comuna y Provincia de Curicó, tiene una superficie de 150,8 hectáreas físicas (según su inscripción de dominio actual) y deslinda: NORTE, Fundo San Hernán y Fundo Hueca-Huecán; SUR, con Fundo San León y en parte con La Florida del Bajo; ORIENTE, con RIT« » Foja: 1 lo efectivamente expropiado, con fundo Hueca-Huecán y con San León; y, PONIENTE, con la Florida del Bajo. Don JUAN ENRIQUE BARRIGA TUÑÓN adquirió el inmueble por adjudicación en la disolución de la sociedad “AGRICOLA JUAN ENRIQUE BARRIGA TUÑÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, según consta de escritura pública de fecha 23 de Diciembre del año 2016 otorgada en la Notaría de Curicó de don René León Manieu. El título de dominio actualmente lo constituye la inscripción de fojas 24 vuelta Número 27 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2017. Para efectos del pago del impuesto territorial el inmueble figura con el Rol de Avalúo Nº 537-204 de la Comuna de Curicó. Cabe hacer presente, que la anterior propietaria del inmueble denominado “RESERVA DE LA HIJUELA SEGUNDA O LA PUNTILLA del FUNDO SANTA SOFÍA”, ubicado en la Comuna y Provincia de Curicó , “AGRICOLA JUAN ENRIQUE BARRIGA TUÑÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA” adquirió el inmueble singularizado por compra que hizo a don Enrique José Barriga Silva, según consta de escritura pública de fecha 24 de Julio de 2003 otorgada en la Notaría de Curicó de don Rodrigo Domínguez Jara
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 88 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y artículo 8 del Código Orgánico de Tribunales, se declara: Que SE RECHAZA la solicitud de folio 1, de fecha 24 de octubre de 2019, deducida por doña Andrea Cecilia Mouliat Besomi, abogado, en representación de don JUAN ENRIQUE BARRIGA TUÑÓN, ya individualizado.- Anótese, notifíquese, dese copia y archívese en su oportunidad.- Rol N° V-205-2019.- Dictada por doña Marcia Arce Ayub, Juez titular del Segundo Juzgado de letras de Curicó. En Curicó a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno notifiqué por el estado diario la sentencia precedente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Curico, veintitrés de Febrero de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-02-23T12:50:42-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 67.- sesenta y siete.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Curicó CAUSA ROL : V-205-2019 CARATULADO : BARRIGA/ Curico, veintitrés de Febrero de dos mil veintiuno VISTO: Que, a folio 1, a fecha 24 de octubre de 2019, comparece doña ANDREA CECILIA MOULIAT BESOMI , abogado, cédula de identidad número 14.050.780-6, patente al día de la Ilustre Municip
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