1º Juzgado Civil de Santiago

FERNÁNDEZ/

Rol

V-237-2020

Fecha

23 de febrero de 2021

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1, con fecha 15 de septiembre de 2020, comparece, CECILIA ESTER FERNANDEZ SEGUEL, conviviente civil, due a deñ casa, con domicilio en Avda. El Conquistador N° 1660, departamento 311, comuna de Maip , de la ciudad de Santiago, solicitando modificarú y cambiar sus apellidos conforme a los argumentos que se ala.ñ Expone que consta de su partida de nacimiento es la n meroú 849, Registro S3 del a o 1993, de la Circunscripci n de Independencia,ñ ó en donde aparece inscrita como CECILIA ESTER FERN NDEZÁ SEGUEL. Sin embargo, el verdadero nombre que le corresponde y con el cual ha obrado desde hace m s de cinco a os y el que ha usado ená ñ todas sus actuaciones es de CECILIA ESTER SEGUEL SEGUEL. Continua exponiendo que si bien fue reconocida por su padre, ste nunca ha estado presente en su vida y jam s se ha sentidoé á identificada con l ni con su apellido “Fern ndez” y que fueé á educada por su madre y su familia materna, y que hace varios a osñ atr s que usa como apellido paterno el de su madre “Seguel”á present ndose como “Cecilia Ester Seguel Seguel” á En tercer otros de escrito de folio 1í , acompa a certificado deñ nacimiento de Circunscripci n Independencia; n mero de inscripci nó ú ó 849, Registro: S3, a o 1993, RUN 18.422.820-3; fecha nacimiento 13ñ de Febrero de 1993; nombre padre: V ctor Juan Fern ndez Su rez;í á á nombre madre: Mariana del Tr nsito Seguel Aroca. á A folio 6, con fecha 1 de octubre de 2020, se acompa añ publicaci n de solicitud de cambio de apellido, realizada en Diarioó Oficial el d a Jueves 1 de Octubre de 2020, sin que se presentaraí oposici n dentro del plazo indicado en la ley seg n consta poró ú certificado de folio 15. A folio 8, se agreg informaci n sumaria de testigos, de fechaó ó 19 de octubre de 2020, rendida ante la receptora judicial Silvia Larravide L pez conformada por la declaraci n de Cynthia Andreaó ó Elqueta Gonz lez, Laura Stephany S nchez Cavieres y Jenniferá á Katherine Trujillo Cabezas. La primera se ala qu

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el art culo 1° inciso 2° de la Ley 17.344,í se ala que “ñ Sin perjuicio de los casos en que las leyes autorizan la rectificaci n de inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombre yó apellidos distintos de los originarios a consecuencia de una legitimaci n,ó legitimaci n adoptiva o adopci n, cualquiera persona podr solicitar poró ó á una sola vez, que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los siguientes casos: a) Cuando unos u otros sean rid culos, risibles o la menoscabení moral o materialmente: b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante m s de cincoá a os, por motivos plausibles, con nombre o apellidos, o ambos,ñ diferentes de los propios, y (…)” Segundo: Que, habiendo fundado la peticionaria su solicitud en la causal prevista en el inciso segundo del art culo 1° esto es que elí compareciente solicita cambio de apellido en raz n que ha sidoó conocido durante m s de cinco a os con su nombre y por primerá ñ apellido distinto a su apellido propio paterno y en el caso que nos ocupa con el apellido materno. Tercero: Que, las circunstancias expuestas por la solicitante en cuanto a no tener una relaci n con su progenitor en manera o formaó alguna, y que desde siempre se le ha conocido como “Cecilia Ester Seguel Seguel” por m s de 5 a os, por sus familiares y conocidosá ñ como lo declaran en la informaci n sumaria los testigos ya indicados.ó Cuarto: Que, con el m rito de los antecedentes rese adosé ñ precedentemente, sumado al certificado de nacimiento, informaci nó sumaria de testigos rendida en estos autos, y el informe emitido por el Servicio de Registro Civil, que no se opone a la rectificaci n solicitadaó y que la misma se haga extensiva a las inscripciones pertinentes resulta fehacientemente comprobado el fundamento de la gesti n de autos y,ó en conformidad adem s, con lo dispuesto en los art culos 1, 2 y 4 deá í la Ley N°17.344 del a o 1970, art culo 17 y 18 de la Ley N°ñ í 4.808 sobre Registro Civil y 102 del Reglamento respectivo,

Fallo

SE DECLARA: QUE, HA LUGAR a la petici n de folio 1, de fecha 15 deó septiembre de 2020, y en consecuencia, se ordena que el se or oficialñ del Registro Civil respectivo proceda a rectificar la partida inscrita en el Registro de Nacimiento, bajo el N° de inscripci n 849, registro S3,ó a o 1993, Circunscripci n de Independencia, en el sentido de dejarñ ó claramente establecido que la solicitante queda inscrita como “CECILIA ESTER SEGUEL SEGUEL”. Dese copia autorizada de esta sentencia, a costa del interesado, a objeto que el se or Oficial de Registro Civil respectivo, deñ cumplimiento a lo ordenado precedentemente. AN TESE, REGISTRESE Y ARCH VESEÓ Í , en su oportunidad. DICTADA POR ISABEL MARGARITA ZU IGA ALVAYAY, JUEZAÑ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitr s de Febrero de dos mil veintiunoé Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-02-23T11:22:44-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 18 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-237-2020 CARATULADO : FERN NDEZ/Á Santiago, veintitr s de Febrero de dos mil veintiunoé VISTO: A folio 1, con fecha 15 de septiembre de 2020, comparece, CECILIA ESTER FERNANDEZ SEGUEL, conviviente civil, due a deñ casa, con domicilio en Avda. El Conquistador N° 1660, departamento 311, comuna de Maip ,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica