8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ALEJANDRA SCARLET CRISTI GUZMÁN

Rol

O-7712-2021

Fecha

27 de marzo de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR SOBRE 40 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º Que la Fiscalía dedujo requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de ALEJANDRA SCARLET CRISTI GUZMÁN, CI N° 20.219.313-7, domiciliada en Calle Agua Santa N° 2971 departamento Nº 11, comuna de Maipú, por su participación en el siguiente hecho: 1.- Los Hechos: Con fecha 30 de agosto 2021, a las 19:40 horas aproximadamente, la requerida ALEJANDRA SCARLET CRISTI GUZMAN junto a otros 03 sujetos hasta el momento no identificados llegaron hasta la Constructora Almagro ubicada en Padre Mariano N° 227, comuna de Providencia, una vez en el lugar ingresaron por el acceso principal y luego subieron al séptimo piso usando para ello en primer lugar las escaleras y luego el ascensor. Una vez en este piso ingresaron por la puerta principal que se encontraba abierta donde procedieron a buscar especies, para acopiar con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de las siguientes: 03 notebook marca lenovo modelo Thinkpad, color negro; 01 notebook marca Toshiba, modelo Satelite pro, color negro; 02 notebook marca HP color gris; 01 disco duro marca WD Green de 480 GB; 01 cable de seguridad con clave para computador nuevo en su caja; 01 cargador de notebook maraca Lenovo; 01 mochilas negras y una azul marca Xtrech. Una vez con las especies en su poder la requerida en compañía de los otros sujetos, bajaron por las escaleras del edificio hasta llegar al primer piso, lugar en el cual fueron sorprendidos por el conserje y un patrullero municipal, donde los tres sujetos hasta el momento desconocido, se desprendieron de las especies, huyendo en dirección desconocida. Por su parte, la requerida ALEJANDRA SCARLET CRISTI GUZMAN fue detenida en el lugar mientras tenía en su poder una de las mochilas sustraídas, de color negro, marca Xtrech que en su interior mantenía 02 notebook marca HP, color gris. Las especies recuperas fueron avaluadas en la suma de $6.200.000. Código: XLDXXMTQDYQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- Calificación jurídica, grado de desarrollo y participación: A juicio de esta Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos del delito de hurto simple, prescrito y sancionado en el artículo 446 N° 1 del Código Penal, en grado de ejecución frustrado y en el que le cabe responsabilidad como autor, de acuerdo al art. 15 N°1 del Código Penal. 3.- Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal: A juicio del Ministerio Público, respecto de la requerida ALEJANDRA SCARLET CRISTI GUZMAN no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. 4. Pena solicitada Conforme a los hechos expuestos y las normas legales citadas, se solicita se aplique la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, las accesorias legales correspondientes, y una multa de una Unidad Tributaria Mensual y las costas de la causa, como autor del delito de HURTO. La defensa pide que se le conceda remisión condicional y se le reconozcan las atenuantes del artículo 11

Fallo

se declara: I. Que se CONDENA a ALEJANDRA SCARLET CRISTI GUZMÁN, CI N° 20.219.313-7, ya individualizada, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a pagar una multa de 6 y 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autora del delito de hurto simple previsto y sancionado en el artículo 446 N° 1 del Código Penal, cometido en la comuna de Providencia, el día 30 de agosto 2021. II. Que se sustituye la pena privativa de libertad por la de Remisión condicional por el plazo de un año, y bajo las condiciones previstas en el artículo 5° de la Ley N° 18.216. Código: XLDXXMTQDYQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Para tal efecto, el sentenciado deberá presentarse en dependencias del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, correspondiente a su domicilio, dentro del plazo de cinco días contados desde que la sentencia quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de despachar orden de detención en su contra si no lo hiciere, bastando para ello el solo informe de Gendarmería dando cuenta de su no presentación. Para el caso en que la pena sustitutiva le fuere revocada y deba cumplir la condena de manera efectiva, se deja constancia de que no registra abonos a su favor. III. Que se le tiene por cumplido el pago de 1 y 1/3 de U.T.M. de la multa impuesta, considerando para tal efecto, lo

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Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1º Que la Fiscalía dedujo requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de ALEJANDRA SCARLET CRISTI GUZMÁN, CI N° 20.219.313-7, domiciliada en Calle Agua Santa N° 2971 departamento Nº 11, comuna de Maipú, por su participación en el siguiente hecho: 1.- Los Hechos: Con fecha 30 de agosto 2021, a las 19:40 horas

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