2º Juzgado de Letras de Copiapó

DISRUPTIVE MINING SPA

Rol

V-1548-2020

Fecha

23 de febrero de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 28 de agosto de 2020, don Juan Carlos Barrera Pacheco, chileno, divorciado, ingeniero civil de industrias, cédula de identidad N° 10.528.182-k, domiciliado en calle Los Carpinteros N° 10.230, departamento 22, comuna de Las Condes, Santiago, en representación de DISRUPTIVE-VALUE CONSULTING & INVESTMENT SpA., empresa chilena del giro de Consultorías e Inversiones, Rut N° 77.077.349-0, domiciliado en calle Glamis N° 3296, piso menos 1, comuna de Las condes, Santiago, presentó un pedimento minero, solicitando la concesión de exploración denominada “LA DISRUPTIVA 23”, de 300 hectáreas de superficie total, ubicada en la Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, con el objeto que dicha concesión de exploración se constituya a favor de su representada. 2) Que de la copia autorizada de la inscripción del pedimento consta que con fecha 03 de septiembre de 2020, fue inscrito a fojas 3.068 vta. N° 1.889 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó; y la publicación se practicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.762 de fecha 23 de septiembre de 2020, ambos documentos acompañados a la carpeta digital con fecha 21 de noviembre de 2020. 3) Las coordenadas U.T.M. de los vértices de la configuración perimetral de la concesión son: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) PUNTO MEDIO (P.M.) 6.903.500,00 378.500,00 V1 6.905.000,00 378.000,00 V2 6.905.000,00 379.000,00 V3 6.902.000,00 379.000,00 V4 6.902.000,00 378.000,00 4) Que con fecha 12 de enero de 2021, comparece el abogado don Enrique Antonio Olivares Carlini, chileno, casado, cédula de identidad N° 7.299.471-K, domiciliado en calle Cerro El Plomo N° 5.931, oficina 402, comuna de las Condes, Santiago, en representación de DISRUPTIVE MINING SpA, sociedad chilena, del giro de desarrollo de actividades mineras, Rut N° 77.257.203-4, domiciliado en calle Glamis N° 3296, piso menos 1, comuna de Las Condes, Santiago, quien en lo principal hace presente el actual titular de los derechos sobre el pedimento “La Disruptiva 23” es su representada DISRUPTIVE MINING SpA, quien adquirió el pedimento por aporte en dominio que le hizo DISRUPTIVE-VALUE CONSULTING & INVESTMENT SpA, la transferencia en la titularidad sobre el pedimento de autos, se inscribió a fojas 3.924 vta. N° 2.435 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, correspondiente al año 2020, cuya copia se acompañó en autos; al primer otrosí, acompañó copia autorizada de la inscripción de los derechos sobre el pedimento a favor de DISRUPTIVE MINING SpA y certificado de vigencia donde consta que DISRUPTIVE MINING SpA, es el actual titular de los derechos del pedimento de autos; al segundo otrosí, se tiene presente su personería para representar a Disruptive Mining SpA, mediante escritura pública; al tercer otrosí, se tiene presente que en su calidad de abogado asume el patrocinio y poder en estos autos. 5) Que, el Servicio Nacional de Geología y Minería informó favorablemente l

Fallo

SE DECLARA: Que, SE APRUEBA, el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “LA DISRUPTIVA 23”, ubicada en la Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, con una superficie total de 300 hectáreas en favor de DISRUPTIVE MINING SpA. Publíquese en extracto la presente sentencia constitutiva. Inscríbase la presente sentencia y archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Copiapó. Entréguese al interesado copia de esta sentencia conjuntamente con el original del plano para el Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° V-1548-2020. Dictada por doña María Teresa Marabolí Vergara, Jueza Titular. En Copiapó, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, notifiqué por el Estado Diario la sentencia que antecede. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Copiapó, veintitrés de Febrero de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-02-23T09:41:38-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-1548-2020 CARATULADO : DISRUPTIVE MINING SPA Copiapó, veintitrés de Febrero de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 28 de agosto de 2020, don Juan Carlos Barrera Pacheco, chileno, divorciado, ingeniero civil de industrias, cédula de identidad N° 10.528.182-k, domiciliado en calle Los Carpin

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