NN C/ FERNANDO ANTONIO CANALES GONZÁLEZ
Rol
O-5505-2021
Fecha
31 de marzo de 2024
Materia
LESIONES GRAVES., LESIONES LEVES., ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Hechos: El 24 de septiembre de 2021, aproximadamente a las 13:00 horas, con la intención de sustraer especies, los acusados Fernando Antonio Canales Gonzalez y Francisca Natacha Sánchez Angulo transitaban por calle Rubén Darío de Valdivia a la altura de calle Fernando Santivan de Valdivia, aparentando una pelea entre ambos, lo que distrajo a las víctimas Samuel Adan Silva Fuentes y Alexa Yanareth Jaramillo Solís, procediendo en forma sorpresiva la acusada Francisca Sánchez Angulo a arrebatar un teléfono celular marca Samsung modelo A 20 color negro, que Alexa Jaramillo Solís mantenía entre sus manos, mientras Fernando Canales Gonzalez se mantenía a un costado de la coimputada procurando impedir que se evitara la sustracción, la especie sustraída fue avaluada en $150.000 (ciento cincuenta mil pesos. Asimismo, momentos después, las víctimas intentaron recuperar la especie sustraída, produciéndose en las cercanías un altercado, en cuyo contexto los acusados agredieron a las víctimas con un arma cortopunzante, causándoles lesiones, consistentes en: A Samuel Silva Fuentes, HERIDA ANTEBRAZO IZQUIERDO POR ARMA BLANCA, LESIÓN DE ARTERIA ULNAR IZQUIERDA REPARADA y SECCIÓN DE FLEXOR SUPERFICIAL D4 Y FCU ANTEBRAZO IZQUIERDO, lesiones calificadas como graves, que sanaron en dos meses, con igual tiempo de incapacidad física. A Alexa Jaramillo Solís, agresión por tercero con arma cortopunzante con lesiones en antebrazo derecho y mano izquierda, de carácter leve. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2100865110-5-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11, 436 y demás del Código Penal, Código Procesal Penal, Ley Nº 18.216, se declara: I.- Que se condena a FRANCISCA NATACHA SÁNCHEZ ANGULO, Cedula de Identidad N° 20641485-5, domiciliado en calle Lastarrias, Pasaje Diez N° 570, Valdivia, con forma especial
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11, 436 y demás del Código Penal, Código Procesal Penal, Ley Nº 18.216, se declara: I.- Que se condena a FRANCISCA NATACHA SÁNCHEZ ANGULO, Cedula de Identidad N° 20641485-5, domiciliado en calle Lastarrias, Pasaje Diez N° 570, Valdivia, con forma especial de notificación al correo electronico medusa2001@gmail.com, en calidad de autora de los siguientes delitos, perpetrados en la ciudad de Valdivia el día 24 de septiembre de 2021: I.1.- Por el delito de robo por sorpresa, en grado de desarrollo de consumado, a la pena de trescientos dos días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, registro de huella genética de conformidad al artículo 7 de la Ley 19.970, sin costas. I.2.- Por el delito de lesiones graves, en grado de desarrollo de consumado, a la pena de trescientos dos días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas. I.2.- Por la falta de lesiones leves, en grado de consumado, multa a beneficio fiscal ascendente a dos tercios de unidad tributaria mensual, sin costas. II.- En cuanto a la pena de multa, se tiene por cumplida con los dos días que ha estado privada de libertad en la presente causa. III.- Que las penas corporales impuestas serán cumplidas por el sentenciado mediante la pena sustitutiva de remisión condicion
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Valdivia, treinta y uno de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Hechos: El 24 de septiembre de 2021, aproximadamente a las 13:00 horas, con la intención de sustraer especies, los acusados Fernando Antonio Canales Gonzalez y Francisca Natacha Sánchez Angulo transitaban por calle Rubén Darío de Valdivia a la altura de calle Fernando Santiva
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