LANDEROS/
Rol
V-21-2019
Fecha
22 de febrero de 2021
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 18 de junio de 2019, a las 15:59 horas, don ELIECER BENJAMÍN SEPÚLVEDA CANIUPÁN, cédula de identidad N° 17.075.604-5, chileno, arquitecto, casado, con domicilio en Población Loreto Cousiño n° 80 de la comuna de Lota y don ESTEBAN EDMUNDO LANDERO MARTINEZ, cédula de identidad N° 11.419.403-4, chileno, comerciante, casado, con domicilio en Calle Los Maitense n° 117, comuna de Cañete, solicitaron se constituya en sector Lomas del Molino de la comuna de Los Álamos una concesión minera de explotación sobre todas las sustancias minerales existentes, a la cual denomina “LANDSEP I 1 AL 10”. Su punto de interés se ubica en la intersección de las coordenadas Norte UTM 5.831.626,00 metros y Este UTM 636.152,00 metros. El área manifestada tiene una forma de cuadrado cuyos lados orientados en dirección Norte-Sur UTM 1.000,00 metros y los lados orientados en dirección Este-Oeste medirán 1.000,00 metros, comprendiendo 10 pertenencias de 10 hectáreas cada una. Pide, previas disposiciones legales que cita, se acceda a lo solicitado. SEGUNDO: Que, a folio 7, con fecha 22 de enero de 2020, la parte solicitante a través de su representante el abogado Carlos Almanza Torres, presenta escrito de solicitud de mensura, acompañando como anexo; 1. Comprobante de pago de la tasa de manifestación, que posteriormente fue debidamente acompañado a folio 9. 2.-Comprobante de pago de la patente proporcional; 3. Copia de la inscripción de la manifestación; 4. Página del Boletín Oficial de Minería en que se publicó la inscripción de la manifestación 5. Plano de configuración del grupo de pertenencias, con las coordenadas U.T.M. de los vértices y la relación del Punto de Interés de la manifestación con el vértice 1 del perímetro. TERCERO: Que, la manifestación fue inscrita el 08 de julio de 2019, a fojas 31 bajo el N° 20 del Registro de Propiedad Minera del Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 59, 60, 74, 76, 79, 80, 81, 85, 86 y 87 del Código de Minería, y demás normas pertinentes, se resuelve que: Se aprueba el plano y acta de mensura, y se tiene por constituida la concesión de explotación denominada “LANDSEP I 1 AL 10" con una superficie de 100 hectáreas, a favor de don ELIECER BENJAMÍN SEPÚLVEDA CANIUPÁN, cédula de identidad N° 17.075.604-5 y don ESTEBAN EDMUNDO LANDERO MARTINEZ, cédula de identidad N° 11.419.403-4, ya individualizados. Practíquese extracto de la sentencia en la forma señalada en el artículo 90 del Código de Minería, y publíquese; inscríbase la sentencia y acta de mensura en el Registro de Propiedad de Minas del Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Lebu y Los álamos, dentro del plazo establecido en el artículo 89 del Código de Minería, archivando un plano en conformidad a la ley. Remítase copia autorizada de esta sentencia, del acta de mensura y el original del plano al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívese en su oportunidad. ROL N° V-21-2019 Dictada por doña FRANCIA SANDOVAL TRONCOSO, Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Lebu . En Lebu, veintidós de febrero de dos mil veintiuno notifiqué por el estado diario la resolución que antecede Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visua
Texto Completo (Preview)
FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Lebu CAUSA ROL : V-21-2019 CARATULADO : LANDEROS/ Lebu, diecinueve de febrero de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 18 de junio de 2019, a las 15:59 horas, don ELIECER BENJAMÍN SEPÚLVEDA CANIUPÁN, cédula de identidad N° 17.075.604-5, chileno, arquitecto, casado, con dom
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