1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

TOBAR/EMPRESA INMOBILIARIA CONSTRUCTORA HOGARES S.A.

Rol

O-6185-2021

Fecha

10 de mayo de 2022

Materia

Despido indirecto, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que motivaron la decisión se suscitaron el día 21 de septiembre del año 2021 en circunstancias que luego de ingresar a prestar sus servicios y efectuó una ronda por el piso número tres del lado oriente del edificio en construcción, percibió dos trabajadores quienes se encontraban consumiendo droga, comunicando esta situación a su superior, quien le ordenó requerir a dichos trabajadores que abandonaran el lugar, a devolverse y solicitarles el retiro fue brutalmente golpeado por ellos. Indica que debió concurrir al Hospital por sus propios medios y al día siguiente, dado que continuó con los dolores, debió concurrir nuevamente al médico quien le otorgó licencia médica. Manifiesta que la empresa no le mostró apoyo por la agresión sufrida. Indica en estos hechos pusieron en peligro gravemente su vida, salud e integridad en física y psíquica, demostrando por parte de su empleadora una vulneración al artículo 184 del código del trabajo. Solicita en definitiva se acoja la demanda, declarando justificado el despido indirecto o autodespido, condenando a la demandada al pago de lo siguiente: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo, la suma de $ 1.225.544.-, o lo que determine conforme a derecho. b) Indemnización por años de servicio (4 años), la suma de $ 4.902.176 o lo que determine conforme a derecho. c) Recargo legal del 50% sobre la indemnización legal por años de servicio, establecido por el artículo 168 del Código del Trabajo, conforme al artículo 171 inciso primero del Código del Trabajo, esto es la suma de $ 2.451.088 o lo que determine conforme a derecho. d) Feriado proporcional por 14,63 días por la suma de $ 477.244 o la cantidad que estime procedente. e) reajustes, intereses y costas. Segundo. Contestación de la demanda. Controvierte los hechos expuestos en la demanda e indica que no existe la más mínima responsabilidad de Hogares SA en los hechos expuestos y rechaza categóricamente que Hogares SA hubiere incumplido las obligaciones establecida

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 160, 162, 168, 171, 172, 173,425, 453 y 454, 456, 459 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE. I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta por don CRISTIAN JOSÉ TOBAR HERNANDEZ, cédula de identidad N.º 12.668.445-2, en contra de EMPRESA INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA HOGARES S.A., rol único tributario N° 79.822.780-7 representada legalmente por EDUARDO KRAIZEL STEINBERG, cédula de identidad N° 7.153.769-2, todos previamente individualizados solo en cuanto se condena a la demandada a pagar al actor la suma de $ 477.244, por concepto de feriado proporcional. II.- Que la suma precedentemente señalada deberá ser pagada con los intereses y reajustes que señala el artículo 63 del Código del Trabajo. III.- Que se rechaza la demanda en todo lo demás. IV.- Que no habiendo sido ninguna de las partes completamente vencida, cada parte pagara sus costas. V.- Ejecutoriada que sea la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día de lo contrario remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : O-6185-2021 RUC : 21- 4-0364479-7 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a diez de mayo de dos mil veintidós, se notificó por e

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, diez de mayo de dos mil veintidós. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-6185-2021, por despido indirecto y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don CRISTIAN JOSÉ TOBAR HERNANDEZ, cédula de identidad N.º 12.668.445-2, chileno, sol

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