8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ FELIPE ANTONIO SALDAÑA PADILLA

Rol

O-7206-2023

Fecha

28 de marzo de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y OIDO LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía en causa RUC Nº 2301249519- 6, RIT N° 7206-2023, la fiscal del Ministerio Público, doña Margarita Millares dedujo acusación verbal en audiencia del día de hoy en contra de FELIPE ANTONIO SALDAÑA PADILLA, C.I. N° 20.398.166-K, 23 años, domiciliado en calle Brown Sur Nº 2136, Macul, legalmente representado por la defensora penal público doña María Luisa Avilés, en calidad de autor del artículo 15 N° 1 del Código Penal, de los delitos de Robo con Intimidación, previstos y sancionados en el artículo 436 inciso 1° en relación con los artículos 7, 432 y 439 del Código Penal. Fundó su imputación en los siguientes hechos: “HECHO 1 El día 15denoviembre de 2023, siendo aproximadamente las 08:30 horas. el imputado FELIPE ANTONIO SALDAÑA PADILLA, en la vía pública, específicamente en calle Chilcaya con El Tatio, comuna Ñuñoa, interceptó a la víctima de iniciales J.R.R.L. de 16 años, cuando esta transitaba por el lugar para lo cual el imputado lo tomó con una de sus manos por la espalda a la altura de uno de sus hombros, señalándole “pasa todas las güevás sino quieres que te acuchille” manteniendo además el imputado en una de sus manos la hoja de un cuchillo, comenzando a registrar a la víctima sustrayéndole a esta su mochila en cuyo interior la víctima mantenía cuadernos, su billetera con documentación personal y dinero en efectivo, para luego retirarse el imputado del lugar con las especies sustraídas, en su poder, siendo detenido minutos más tarde previa sindicación de la víctima. HECHO 2 El 15 de noviembre de 2023, siendo las 08:40 horas. El imputado FELIPE ANTONIO SALDAÑA PADILLA, se acercó de frente a la víctima, al adolescente de iniciales R.H.B.G., cuando este último transitaba sólo por la vía pública, específicamente por calle El Tatio con calle Jorge Monckeberg, en la comuna de Ñuñoa, exigiéndole la entrega de su teléfono señalándole “dame tu teléfono” negándose en primera instancia el afectado

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a FELIPE ANTONIO SALDAÑA PADILLA, ya individualizados, a la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios púbicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor de los delitos de robo con intimidación, previstos y sancionados en el artículo 436 inciso 1° en relación con los artículos 7, 432 y 439, todas disposiciones del Código Penal, ilícitos cometidos el 15 de noviembre de 2023 en esta ciudad. II.- Atendida la pena impuesta, no resulta procedente ninguna pena sustitutiva de la ley 18.216, debiendo ingresar a cumplir de manera efectiva la pena privativa de libertad impuesta, una vez ejecutoriado el presente fallo, debiendo considerarse como abono todo el tiempo que lleva privado de libertad por esta causa, esto es, desde el 16 de noviembre de 2023 en prisión preventiva de forma ininterrumpida hasta hoy y el día 15 de noviembre correspondiente a la detención, con un total de 134 días. III.- Se ordena determinar la huella genética del sentenciado, previa toma de muestras biológicas, de conformidad a lo que establece el artículo 17 de la Ley 19.970 y a objeto de incorporarla en el Registro de Condenados que contempla la ley expresada. Al efecto, Gendarmería de Chile deberá informar al condenado en los términos que prescribe el artículo 1° transitorio, de la citada Ley, bajo apercibimie

Texto Completo (Preview)

PODER JUDICIAL OCTAVOJUZGADO DE GARANTIA SANTIAGO 1 Santiago, veintiocho de marzo de dos mil veinticuatro.- VISTO Y OIDO LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía en causa RUC Nº 2301249519- 6, RIT N° 7206-2023, la fiscal del Ministerio Público, doña Margarita Millares dedujo acusación verbal en audiencia del día de hoy en contra de FELIPE ANTONIO SALDAÑA PADILLA, C.I. N° 20.3

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica