Juzgado de Garantía de La Calera.

MP LA CALERA C/ ANGELICA PAMELA NUÑEZ TAPIA

Rol

O-665-2019

Fecha

27 de marzo de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Que con antecedentes manejados por personal de Policía de Investigaciones en cuanto a que las imputados MANUELA DEL CARMEN BARRIENTOS AGUILERA y LESNNIE VALESKA OLMOS NUÑEZ, se dedicaban a la actividad de tráfico de drogas, en sus domicilios de La Febre Sitio 05, Ocoa, Hijuelas, y Pasaje Quillay N° 1058, Población Swen Krarup, Hijuelas, respectivamente, y habiéndose observado previamente transacciones de droga y previa compras de droga efectuadas por un agente revelador debidamente autorizado, y previa instrucción de Fiscalía de La Calera se gestiona orden de entrada y registro a los referidos inmuebles, la cual fue concedida por el Juzgado de Garantía de La Calera, con fecha 18 de Abril de 2019, y ejecutada el día 26 de Abril de 2019, a las 16:30 horas de la tarde aproximadamente, y al ingreso del personal policial al domicilio de ubicado en La Febre Sitio 05, Hijuelas, en cuyo interior son encontradas las acusadas MANUELA DEL CARMEN BARRIENTOS AGUILERA y PALOMA LINSAY HERRERA BARRIENTOS, y a la revisión de la cocina del inmueble los funcionarios policiales encuentran en el lavaplatos, un plato de loza dado vuelta el cual contenía 24,7 gramos de peso neto de pasta base de cocaína, de un 14% de pureza, además es encontrado en una repisa de madera un plato de loza color amarillo, el cual mantenía en su interior 20,3 gramos de peso neto de pasta base de cocaína, de un 62% de pureza, en proceso de secado, asimismo, en una segunda dependencia interior del inmueble, destinada a dormitorio, sobre un mueble de madera, es encontrado un papel absorbente, el cual mantenía en su interior 34,2 gramos de peso neto de pasta base de cocaína, de un 43% de pureza, y un contenedor de vidrio, el cual mantenía en su interior 14,5 gramos de peso neto de cannabis sativa; luego, asimismo, a la revisión del comedor del inmueble, es encontrado un bolso pequeño Código: JJBZXMBXXSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl co

Fallo

se declara: I.- Se condena a MANUELA DEL CARMEN BARRIENTOS AGUILERA, Cédula Identidad 9.199.165-9 , ya individualizada, a sufrir la pena de 150 días de presidio menor en su grado mínimo, a una multa de diez (10) Unidades Tributarias Mensuales, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, determinación de huella genética, comiso de las especies, sin costas, todo ello por su responsabilidad como autora del delito consumado de trafico de pequeñas cantidades, cometido con fecha 26 de abril de 2019, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que la pena tanto corporal como pecuniaria impuesta se le tendrá por cumplida con el tiempo que estuvo privado de libertad en causa diversa. La imputada registra 517 Código: JJBZXMBXXSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl días de abono en la causa RIT 1284-2022, según indica el certificado emitido por el ministro de fe de este tribunal adjunto a la causa ya mencionada. III.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal (y artículo 44 de la Ley 20.000) se decreta el comiso de la droga y de la suma de $157.000.- en dinero en efectivo y los valores obtenidos sean destinados conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la ley 20.000. IV.- No encontrándose determinada la huella genética del sentenciado durante el período de investigación y habiéndose sancionado a éste por un delito de aquellos contemplad

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, veintisiete de marzo del dos mil veinticuatro. Hechos: Que con antecedentes manejados por personal de Policía de Investigaciones en cuanto a que las imputados MANUELA DEL CARMEN BARRIENTOS AGUILERA y LESNNIE VALESKA OLMOS NUÑEZ, se dedicaban a la actividad de tráfico de drogas, en sus domicilios de La Febre Sitio 05, Ocoa, Hijuelas, y Pasaje Quil

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