Juzgado de Garantía de Los Andes.

MP C/ GONZALO JAVIER CATÁN CODERCH

Rol

O-1794-2022

Fecha

26 de marzo de 2024

Materia

MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS OBJETO DEL REQUERIMIENTO. HECHO El día 25 de Julio del año 2022 alrededor de las 18:00 horas el imputado GONZALO JAVIER CATALÁN CORDECH iba a ser fiscalizado por personal de Carabineros en el sector de calle Las Bandurrias a la altura del puente que existe en el sector toda vez que había generado una infracción de tránsito consistente en que traspasó el eje central de la calzada a gran velocidad y sin respetar la señalización de ceda el paso que existe en el puente. Por eso personal de carabineros en una patrulla compuesta por el sargento Carlos Zapata Herrera y la cabo Daniela Catalán Puebla intentan fiscalizar al imputado donde éste se niega a bajar del vehículo, realiza maniobras de retroceso con peligro de atropello a los funcionarios policiales y luego huye del Iugar intentando Código: EXXSXMRCKQP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ingresar a un domicilio particular hasta donde es seguido por personal de carabineros. El imputado intenta agredir al sargento Zapata lanzándole patadas que no le lesionan circunstancias en que se abalanza contra la cabo Catalán Puebla a la cual hiere apretando su mano contra el cierre perimetral de la propiedad a la cual intentaba ingresar causándole lesiones consistentes en equimosis muñeca izquierda de carácter leve según hoja atención médica número 2797809 de la Unidad de Urgencia Hospitalaria del Hospital San Juan De Dios de Los Andes. El imputado a esa fecha mantenía dos órdenes de detención vigentes. SE DECLARA (SENTENCIA): Que se condena al imputado GONZALO JAVIER CATÁN CORDECH, ya individualizado, en calidad de autor del Art. 15 N° 1 CP, y en los grados de desarrollo que se precisan: I.- DELITO LESIONES LEVES A FUNCIONARIO DE CARABINEROS EN SERVICIO. ART. 416 BIS N° 4 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR. II.-FECHA COMISIÓN: 25 DE JULIO DE 2022. III.-PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD Sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo. IV.- PENAS ACCESORIA

Fundamentos

considerando que actualmente se encuentra en régimen cautelar de prisión preventiva en causa RIT N° 11.556-2023 del Juzgado de Garantía de San Bernardo, el régimen se mantendrá en suspenso, hasta que se resuelva su situación procesal en dicha causa. La pena sustitutiva impuesta no podrá extenderse por más de ocho horas diarias de prestación de servicios y deberá ser compatible con la actividad laboral o estudiantil que el (la) imputado(a) acreditare desarrollar. VI.- ABONOS No hay (ya considerado un día de abono a la pena sustitutiva de P.S.B.C) VII.- Se le exime del pago de las costas de la causa. VIII.- Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. El Tribunal explica al sentenciado los términos de la condena. La audiencia quedó íntegramente grabada en el sistema de audio del Tribunal. Dirigió la audiencia y resolvió - DANIEL ALFREDO CHAUCÓN OJEDA. Código: EXXSXMRCKQP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EXXSXMRCKQP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-27T14:31:07-0300

Fallo

SE DECLARA (SENTENCIA): Que se condena al imputado GONZALO JAVIER CATÁN CORDECH, ya individualizado, en calidad de autor del Art. 15 N° 1 CP, y en los grados de desarrollo que se precisan: I.- DELITO LESIONES LEVES A FUNCIONARIO DE CARABINEROS EN SERVICIO. ART. 416 BIS N° 4 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR. II.-FECHA COMISIÓN: 25 DE JULIO DE 2022. III.-PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD Sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo. IV.- PENAS ACCESORIAS A.- Suspensión para cargo u oficio público mientras dura la condena, de conformidad al art. 30 CP. B.- La medida accesoria del inciso 1° del art. 5 C Ley 17.798, es decir la cancelación de toda inscripción de armas que registre el sentenciado y al retiro de las mismas. Al efecto, se oficiará a la Dirección General de Movilización Nacional para que proceda a la cancelación señalada e informar tal situación al tribunal con miras a determinarse o no el retiro a que refiere el inciso tercero de la citada norma. V.- PENA Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de Código: EXXSXMRCKQP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SUSTITUTIVA la Ley N°18.216 y, concurriendo la expresa voluntad del (la) sentenciado(a), se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de OCHENTA horas (80) horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de C

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Procedimiento simplificado – Sentencia. Fecha Los Andes., veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro Magistrado DANIEL ALFREDO CHAUCÓN OJEDA Fiscal RICARDO REINOSO VARAS Defensor ANA-KAREM GONZALEZ CASANOVA Hora inicio 12:09PM Hora termino 12:18PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Los Andes. Acta cvc RUC 2200716447-9 RIT 1794 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RU

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