JUANA DE LAS ROSAS FUENTES FLORES C/ JORGE ANDRÉS LARA MAUREIRA
Rol
O-897-2018
Fecha
21 de marzo de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: El 25/11/2017, cerca de las 11:00 horas, los acusados José Sepúlveda Núñez, Cris Sepúlveda Velázquez, Dennis Sepúlveda Velázquez y Jorge Lara Maureira interceptaron a la menor Katherin Ibañez Fuentes y a Abraham Arias Fuentes, cerca del Canal Fiscal de Parral, donde exhibiendo armas que impresionaron como de fuego que portaban, los apuntaron y amenazaron de muerte señalando a la niña “maraca conche tu madre, los vamos a matar a los tres PARRAL, veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 67, 70, 296 N° 3 del Código Penal; 388 y siguiente del Código Procesal Penal, 10 y siguientes Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a DENNIS ALEXI SEPÚLVEDA VELÁSQUEZ, cédula de identidad 0018559393-2, por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 25/11/17, como AUTOR del delito de AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES, en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de 90 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena II.- Para la pena privativa de libertad impuesta, se sustituye esta por la PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD por el término de 120 HORAS de trabajos, las que deberá cumplir previa elaboración de un plan por Gendarmería de Chile, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Linares una vez que obtenga su libertad en causa diversa, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención si no se presentare dentro del plazo de 5 días. III.- Que no se condena en costas. Código: MBVTXMDLWPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese la sentencia. RIT Nº 897 - 2018 RUC Nº 1701077634-1 Dictada por JOHN LANDERO SALGADO, Jue
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 67, 70, 296 N° 3 del Código Penal; 388 y siguiente del Código Procesal Penal, 10 y siguientes Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a DENNIS ALEXI SEPÚLVEDA VELÁSQUEZ, cédula de identidad 0018559393-2, por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 25/11/17, como AUTOR del delito de AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES, en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de 90 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena II.- Para la pena privativa de libertad impuesta, se sustituye esta por la PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD por el término de 120 HORAS de trabajos, las que deberá cumplir previa elaboración de un plan por Gendarmería de Chile, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Linares una vez que obtenga su libertad en causa diversa, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención si no se presentare dentro del plazo de 5 días. III.- Que no se condena en costas. Código: MBVTXMDLWPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese la sentencia. RIT Nº 897 - 2018 RUC Nº 1701077634-1 Dictada por JOHN LANDERO SALGADO, Juez Titular del
Texto Completo (Preview)
RUC N° : 1701077634-1 RIT N° : 897 - 2018 PROCEDIMIENTO : Simplificado DELITO : AMENAZAS SIMPLES IMPUTADO : DENNIS ALEXI SEPÚLVEDA VELÁSQUEZ. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0018559393-2 DOMICILIO : Sector Pobl Los Tulipanes, Los Lirios Nº 85, Parral.. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 9 FISCAL : ÁLVARO IGNACIO MUÑOZ BERRÍOS DEFENSOR : CARLOS RODRIGO GATICA SEPÚLVEDA HECHOS ACREDITADOS: El 2
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