MAREY/
Rol
V-320-2020
Fecha
17 de febrero de 2021
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don fecha 22 de diciembre de 2020 doña Francisca Pilar Rufs Mardonez, abogado y mandatario judicial, de don Boris Eduardo Marey Torrejón, solicitando, que en virtud de lo establecido en el artículo 18 y 19 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces y demás normas pertinentes, en procedimiento voluntario no contencioso se ordene al señor Conservador de Bienes Raíces de Santiago, proceda a la inscripción del Duplicado de Certificado de Posesión Efectiva emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación Chile que a continuación se individualiza en el cuerpo de esta presentación conforme a los antecedentes de hecho y de derecho que expone. Señala que el año 2019 se tramitó la posesión efectiva ante el Servicio de Registro Civil e Identificación Chile de don Víctor Eduardo Marey Pinto, cedula de identidad número 237.741-1, quien falleció el 20 de enero del año 1962 en la Clínica Boston Santiago y cuya defunción fue inscrita bajo el número 33 del año 1962. Esgrime que el Servicio de Registro Civil e Identificación Chile emitió duplicado de certificado de posesión efectiva por el causante don Víctor Eduardo Marey Pinto, cédula de identidad número 237.741-1, concedida por Director Regional de la Región Metropolitana del Servicio de Registro Civil e Identificación Chile, Resolución Exenta número 99363 de fecha 13 de Diciembre del año 2019, publicado con fecha 16 de diciembre del año 2019 e inscrito en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas bajo el número 76828 del año 2019. Sostiene que el certificado de Posesión Efectiva recién individualizado se inscribió en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, quedando así inscrita la posesión efectiva de don Víctor Eduardo Marey Pinto a fojas 60464 número 84279 del año 2020 y la inscripción especial de herencia de don Víctor Eduardo Marey Pinto a fojas 60464 número 84280 del año 2020, ambas en el Registro de Propiedad del Conservador recién mencionado. Señala que con posteriori
Fundamentos
motivos expuestos por el Conservador, resolverá por escrito y sin más trámite lo que corresponda”, normas que permiten que cualquier interesado pueda recurrir ante el Tribunal por la negativa del Conservador en un procedimiento voluntario no contencioso, previo informe del Conservador y sus motivos.
Fallo
Por lo expuesto y previas citas legales, solicita tener por presentado el presente escrito de reclamo respecto a la negativa de inscripción de las compraventas referidas, por parte del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y en definitiva, en razón de los antecedentes de hecho y derecho expuestos precedentemente, se sirva ordenar al Conservador de Bienes Raíces de Santiago la inscripción del duplicado de Certificado de Posesión Efectiva ya señaladas sin más trámite. Al folio 1 rola documentos fundantes de la solicitud y que acreditan los hechos y motivos plausibles en que se apoya. Al folio 9, y con fecha 15 de enero de 2021, rola informe de don Luis Alberto Maldonado Croquevielle, Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, quien señala que el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago se ha abstenido de anotar al margen y/o inscribir la rectificación de la resolución del Servicio de Registro Civil e Identificación que otorgó la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de don Victor Eduardo Marey Pinto, en la que se elimina una heredera considerada inicialmente en la resolución del mismo Servicio, en atención a que tanto la inscripción de posesión efectiva como la especial de herencia ya se practicaron en el Registro de Propiedad, con el mérito de la resolución administrativa acompañada en su oportunidad a este Conservador. Esgrime que el Conservador estima que el mencionado Servicio una vez otorgada la resolución que concede la poses
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Foja: 1 FOJA: 11 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-320-2020 CARATULADO : MAREY/ Santiago, diecisiete de Febrero de dos mil veintiuno. VISTOS: Comparece don fecha 22 de diciembre de 2020 doña Francisca Pilar Rufs Mardonez, abogado y mandatario judicial, de don Boris Eduardo Marey Torrejón, solicitando, que en virtud de lo establecido en el artícul
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