MATÍAS LEONEL MUÑOZ BRIONES C/ VÍCTOR HUGO LARACH PANIZZA
Rol
O-2246-2024
Fecha
22 de marzo de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 15 de julio de 2023, a las 00:55 horas aproximadamente, a la altura de la intersección entre Calle Teatinos con Calle Valentín Letelier, comuna de Santiago el imputado VÍCTOR HUGO LARACH PANIZZA, condujo en estado de ebriedad el vehículo P.P.U BZJT-59, marca Citroën, modelo C4 VTR, color gris, impactando con un hito de cemento el cual se encontraba encima de la berma, desprendiéndose de su base. Con posterioridad al impacto, funcionarios policiales constataron en el imputado su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencias al hablar e inestabilidad al caminar, producto de lo cual se le practicó el examen respiratorio Alcotest, arrojando como resultado de 1.82 gr./lt. al momento de la conducción. El examen de alcoholemia practicado al imputado, arrojó como resultado que éste último presentaba 2.46 gr./lt. de alcohol en la sangre, al momento de desempeñar la conducción del vehículo. SE DECLARA: I.- Que se condena a VÍCTOR HUGO LARACH PANIZZA, ya individualizado, a la pena de 41 DÍAS PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, al pago de una multa a beneficio fiscal de 1/3 UTM, (a la suspensión de su licencia, permiso o autorización de conducir vehículo motorizado) por el plazo de 2 AÑOS (con un abono de 131 días) y a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado ART. 196 INCISO DE LA LEY 18.290., en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 15 de julio de 2023, en la comuna de Santiago. Código: NLXVXMRCHXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que la multa impuesta deberá ser enterada en arcas fiscales dentro de los cinco últimos días del mes siguientes a que esta sentencia se encuentre ejecutoriada. En caso de no pago de la multa impuesta se procederá a su sustitución y apremio de acuerdo a los artículos 49 y siguientes del Código Penal.
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a VÍCTOR HUGO LARACH PANIZZA, ya individualizado, a la pena de 41 DÍAS PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, al pago de una multa a beneficio fiscal de 1/3 UTM, (a la suspensión de su licencia, permiso o autorización de conducir vehículo motorizado) por el plazo de 2 AÑOS (con un abono de 131 días) y a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado ART. 196 INCISO DE LA LEY 18.290., en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 15 de julio de 2023, en la comuna de Santiago. Código: NLXVXMRCHXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que la multa impuesta deberá ser enterada en arcas fiscales dentro de los cinco últimos días del mes siguientes a que esta sentencia se encuentre ejecutoriada. En caso de no pago de la multa impuesta se procederá a su sustitución y apremio de acuerdo a los artículos 49 y siguientes del Código Penal. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA por el período de UN AÑO, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social Santiago, ubicado en calle Santo Domingo N° 1382, comuna de Santiago, a más tardar la semana del 08 de abril de 2024. En el evento de que le fuera revocada la pena sustitutiva
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO Simplificado FECHA: Santiago., veintidós de marzo de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE RUC: 2300771620-6 RIT: 2246 - 2024 IMPUTADO: VÍCTOR HUGO LARACH PANIZZA C.I. 0004600810-3 DELITO MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD ARTICULO ART. 196 INCISO DE LA LEY 18.290. PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATEN
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