Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ ALISON CAROLINA CÓRDOVA BURGOS

Rol

O-10009-2020

Fecha

23 de marzo de 2024

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 19 de octubre del año 2020 a las 19:35 horas aproximadamente la requerida ALISON CORDOVA BURGOS concurrió hasta el Reten de Carabineros de Melipeuco y una vez en el lugar atendido a que su pareja se encontraba detenido, procedió a golpear con sus pies y puños la puerta de entrada de dicho cuartel quebrando el vidrio de la misma y causando daños en su estructura los que fueron avaluados en $ 70.000.- Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Vistos además lo que disponen los artículos 83 y 1 de la Constitución Política de la República; artículo 1 de la Ley 19.640; artículos 1, 14 N°1, 15 N°1, 25, 29, 487 del Código Penal; artículos 1, 3, 47, 390 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento solo en cuanto se CONDENA a ALISON CAROLINA CÓRDOVA BURGOS, ya individualizado, como autor de DAÑOS del artículo 487 del Código Penal, consumado, perpetrado el día 19 de octubre del año 2020 en Melipeuco, a pagar multa de UN TERC

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Vistos además lo que disponen los artículos 83 y 1 de la Constitución Política de la República; artículo 1 de la Ley 19.640; artículos 1, 14 N°1, 15 N°1, 25, 29, 487 del Código Penal; artículos 1, 3, 47, 390 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento solo en cuanto se CONDENA a ALISON CAROLINA CÓRDOVA BURGOS, ya individualizado, como autor de DAÑOS del artículo 487 del Código Penal, consumado, perpetrado el día 19 de octubre del año 2020 en Melipeuco, a pagar multa de UN TERCIO (1/3) de unidad tributaria mensual, si

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : 10009 - 2020 RUC : 2001066416-1 MATERIA : Daños simples. IMPUTADO : ALISON CAROLINA CÓRDOVA BURGOS CÉDULA DE IDENTIDAD : 20.296.253-K DOMICILIO : Calle NEPTUNO Nº 278, Valparaiso. ATENUANTES : No concurren AGRAVANTES : No concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Temuco, veintitrés de marzo de dos mil veinticuatro Hechos: El día 19 de octubre del año 2020 a las 19:

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