ANONIMIZADO
Rol
F-3542-2023
Fecha
22 de agosto de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos:
Fundamentos
Considerando que la parte demandante ha comparecido a dependencias del Tribunal ante la presencia del Consejo Técnico de Turno don Leandro Frez, señalando hechos que dicen relación con el proceso de separación, motivo por el cual no es posible tener por acreditados hechos de violencia intrafamiliar de conformidad con el artículo 5 de la Ley 20.066, resultando insuficiente el solo mérito de la demanda para tal efecto, por lo que no se dará lugar a ésta. Y visto lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 19.968,
Fallo
SE RESUELVE: Que NO HA LUGAR a la demanda de violencia intrafamiliar. Lo resuelto es sin perjuicio de que la ...
Texto Completo (Preview)
RIT: F-3542-2023 Pudahuel, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Considerando que la parte demandante ha comparecido a dependencias del Tribunal ante la presencia del Consejo Técnico de Turno don Leandro Frez, señalando hechos que dicen relación con el proceso de separación, motivo por el cual no es posible tener por acreditados hechos de violencia intrafamiliar de conformidad con el
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