5º Juzgado Civil de Santiago

CÁCERES/I. MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO.

Rol

C-17258-2020

Fecha

16 de febrero de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 18 de noviembre del a o 2020, comparece don Alejandroñ Zarongas Mu ozñ , en representaci n de do a Silvia del Carmen C ceresó ñ á G mez, pensionada, domiciliada en Sanfurgo N 582, comuna de Santaó ° Cruz, deduciendo demanda en juicio ordinario de prescripci n extintiva deó derechos municipales de aseo domiciliario en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, representada por su Alcalde Felipe Alessandri Vergara, ambos domiciliados en Plaza de Armas S/N, Palacio Consistorial, comuna de Santiago, seg n los argumentos de hecho de derecho que aú continuaci n pasa a exponer:ó Se ala que en la actualidad mantiene una deuda con la demandada porñ concepto de derecho de aseo domiciliario respecto del inmueble de su propiedad ubicado en Lord Cochrane N 252-256, comuna de Santiago,° que asciende a un monto de $1.235.032, y corresponde al periodo comprendido entre octubre del a o 2004 y octubre del a o 2017, siendo elñ ñ caso que la deuda se encontrar a, de acuerdo a la normativa legal que citaí en los

Fundamentos

fundamentos de derecho, prescrita y, por ende, no estar a obligada aí pagar dicho monto a la Municipalidad, situaci n que solicita sea asó í declarada. Finalmente, solicita se declare la prescripci n extintiva de las accionesó para demandar el cobro de los derechos municipales de aseo domiciliario, por los periodos comprendidos entre entre octubre del a o 2004 y octubreñ del a o 2017ñ , del inmueble de calle Lord Cochrane N 252-256,° con costas en caso de oposici n.ó Con fecha 18 de enero de 2021, la parte demandada contesta la demanda, allan ndose a ella.á Con fecha 5 de febrero de 2021, se prescinde de recibir la causa a prueba y se cit a las partes a o r sentencia.ó í RIT« » Foja: 1 CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 18 de noviembre del a o 2020ñ , comparece don Alejandro Zarongas Mu ozñ , en representaci n de do aó ñ Silvia del Carmen C ceres G mezá ó , viene en solicitar la declaraci n de laó prescripci n extintiva de las acciones destinadas a obtener el cobro de losó derechos correspondientes a aseo domiciliario de la propiedad ubicada en calle Lord Cochrane N 252-256° , en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, fund ndose para ello en los antecedentes de hecho y derechoá expuestos en su libelo, los que han sido precedentemente rese ados en loñ expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que la parte demandante ha acompa ado la siguienteñ prueba documental, no objetada, copia de Informe de Deuda, emitido por la Ilustre Municipalidad de Santiago, mediante documento Rol N 104880227, y ° copia de Inscripci n con vigencia de la propiedad inscrita aó fojas 9395 n mero 11211 en el Registro de Propiedad del Conservador deú Bienes Ra ces de Santiago del a o 2002, que da cuenta que la demandanteí ñ es due a de la propiedad materia de autos, esto es, departamento 1508 delñ edificio Santiago Plaza ubicado en calle Lord Cochrane N 252 al 262,° comuna de Santiago. TERCERO: Que con el m rito del instrumento referido en elé considerando anterior, ha de darse por establecida la existencia de la obligaci n y su exigibilidad, a partir de cada uno de los per odos que en ellaó í se indican. CUARTO: Que habiendo quedado establecida la existencia de la obligaci n y su exigibilidad, corresponde determinar cu l es el plazo deó á prescripci n que corresponde aplicar a la especie, en atenci n a laó ó naturaleza jur dica de la obligaci n materia del juicio. En otras palabras,í ó corresponde determinar si los derechos de aseo tienen la naturaleza jur dicaí de impuestos o no, y consecuentemente, si la disposici n aplicable a suó respecto es el art culo 2521 del C digo Civil, o el art culo 2515 del mismoí ó í cuerpo legal. QUINTO: Que en relaci n a este punto, ó debe tenerse presente que un impuesto es una clase de tributo que ha de pagarse al Estado para hacer frente a las necesidades p blicas, y que se caracteriza por no llevarú RIT« » Foja: 1 aparejada una contraprestaci n directa o determinada por parte de laó Administraci n, o del rgano p blico que lo r

Fallo

por tanto, a la fecha de presentaci n de estaó demanda, esto es, al d a 18 de noviembre de 2020, y en relaci n a losí ó periodos se alados en el libelo por los que solicita la declaraci n deñ ó prescripci n, se encuentran prescritos los derechos de aseo domiciliario queó tienen fecha de vencimiento entre el 31 de diciembre de 2004 y 30 de noviembre de 2015, ambos inclusive, por lo que a su respecto se acoger laá demanda. Atendido lo antes razonado y lo dispuesto en los art culos 2514 yí 2515 del C digo Civil, 144, 170 del C digo de Procedimiento Civil, seó ó declara: 1.- Que se acoge la demanda de prescripci n planteada respecto deó los derechos de aseo domiciliario con vencimiento entre el 31 de diciembre de 2004 y 30 de noviembre de 2015, ambas inclusive. II.- Que, cada parte soportar sus costas.á Reg strese y an tese.í ó RIT« » Foja: 1 Pronunciada por Mar a Soledad Jorquera Binner, Juez Titular del Quintoí Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecis is de Febrero de dos milé veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.hor

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17258-2020 CARATULADO : C CERES/I. MUNICIPALIDAD DEÁ SANTIAGO. Santiago, diecis is de Febrero de dos mil veintiunoé VISTOS: Con fecha 18 de noviembre del a o 2020, comparece don Alejandroñ Zarongas Mu ozñ , en representaci n de do a Silvia del Carmen C ceresó ñ á G mez, pensionada, domiciliada en S

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica