2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

FQM EXPLORATION (CHILE) S.A./

Rol

V-668-2020

Fecha

16 de febrero de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don FABIO OMAR ÁLVAREZ PERALTA, chileno, casado, Administrativo, en representación de FQM EXPLORATION (CHILE) S.A., sociedad chilena del giro minero, todos domiciliados en Avenida Apoquindo 4445, oficina 601, Las Condes, Santiago, con fecha 18 de Octubre del año 2.020 a las 14:36:19, formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “PIRAMIDE 22”. SEGUNDO: Que, con fecha 28 de Octubre del año 2.020, el pedimento fue inscrito a fojas 4963, bajo el Nº 2792, del año 2.020, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha 16 de Noviembre del año 2.020, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería, de las provincias de Antofagasta, Tocopilla y el Loa, II Región. CUARTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº0699, de fecha 03 de Febrero del año 2.021, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.213.500,00 539.500,00 V1 7.215.000,00 539.000,00 V2 7.215.000,00 540.000,00 V3 7.212.000,00 540.000,00 V4 7.212.000,00 539.000,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;

Fallo

SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominad “PIRAMIDE 22” con una superficie de 300 hectáreas, a favor de FQM EXPLORATION (CHILE) S.A. representada por don FABIO OMAR ÁLVAREZ PERALTA, ya individualizado. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad ARCHIVESE. V-668-2.020. Dictada por doña Elizabeth Verónica Araya Julio, Juez Titular. Antofagasta, dieciséis de Febrero del dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-02-16T12:15:37-0300

Texto Completo (Preview)

ROL : V-668-2.020 MATERIA : PEDIMENTO MINERO “PIRAMIDE 22” CÓDIGO : P02 SOLICITANTE : FQM EXPLORATION (CHILE) S.A. FECHA INICIO : 18.10.2.020 Antofagasta, dieciséis de Febrero del dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don FABIO OMAR ÁLVAREZ PERALTA, chileno, casado, Administrativo, en representación de FQM EXPLORATION (CHILE) S.A., sociedad chilena del giro minero, todos domici

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