Juzgado de Letras y Gar. de los Vilos

SOCIEDAD PUNTA DEL COBRE S.A./

Rol

V-237-2020

Fecha

17 de febrero de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 08 de septiembre de 2020, comparece don Jesús Rojas Patiño, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N°8.426.817-8, en representación de SOCIEDAD PUNTA DEL COBRE S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, rol único tributario N° 96.561.560-1, ambos domiciliados en Rancagua N° 200, de la ciudad de Copiapó, quien solicita en favor de su representada, una concesión minera de exploración de sustancias concesibles, en terrenos abiertos e incultos, ubicada en la comuna de Canela, provincia del Choapa, Región de Coquimbo, la que denominará “OSCURO 26 III”. El punto medio del terreno pedido, está determinado por las siguientes coordenadas U.T.M.: Norte 6.525.900,00 metros y Este 270.750,00 metros. El terreno pedido tiene la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados Norte-Sur U.T.M. miden 1.000 metros y sus lados orientados Este- Oeste U.T.M. miden 3.000 metros, encerrando en consecuencia una superficie total de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que con fecha 20 de noviembre de 2020, se acompañaron los siguientes antecedentes: Comprobantes de haberse pagado la tasa del pedimento y patente proporcional, ejemplar del Boletín Oficial de Minería Nº 42.766 de fecha 28 de septiembre de 2020 donde se publicó el pedimento de autos, copia autorizada de la inscripción del pedimento, inscrito a fojas 396 Nº 295 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Los Vilos, correspondiente al año 2020; y planos de pedimento, guardados en custodia del Tribunal bajo el N° 249- 2020. TERCERO: Que con fecha 29 de enero de 2021, se encuentra agregado informe del Servicio Nacional de Geología y Minería de La Serena Nº 279, de fecha 27 de enero de 2021, el cual informa que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conformes con las disposiciones legales vigentes, por cuanto la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley y

Fallo

SE DECLARA: I.- Se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración "OSCURO 26 III”, con una superficie total de 300 hectáreas, a favor de SOCIEDAD PUNTA DEL COBRE S.A., II.- Redáctese un extracto por la ministro de fe, a fin de publicar esta sentencia constitutiva en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería. III.- Inscríbase este fallo y archívese el Plano en el Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Minas de Los Vilos, en la forma y oportunidad que señala el artículo 89 del Código de Minería. IV.- Remítase al Servicio Nacional de Geología y Minería de La Serena, el original del Plano y copia de esta sentencia. Regístrese, notifíquese esta sentencia por el estado diario conforme lo dispone el artículo 86 inciso 4° del Código de Minería. Certifíquese de oficio por Ministro de Fe la ejecutoria de la sentencia, una vez vencido el plazo y obténgase del sistema informático las copias respectivas, conforme lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 20.886; hágase devolución de los planos, dejándose constancia en el registro de custodias del sistema SITMIX y archívese los antecedentes, en su oportunidad. Dictada por don GONZALO ALBERTO MARTINEZ MERINO, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos. En Los Vilos, a diecisiete de febrero de dos mil veintiuno, notifique por el estado diario electrónico la sentencia que antecede, conforme a Ley N° 20.886 (fdb) Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de los Vilos CAUSA ROL : V-237-2020 CARATULADO : SOCIEDAD PUNTA DEL COBRE S.A./ Los Vilos, diecisiete de Febrero de dos mil veintiuno VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 08 de septiembre de 2020, comparece don Jesús Rojas Patiño, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N°8.426.817-8, en representación de

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