11º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ JUAN ANDRES PEREZ LUZARDO

Rol

O-6177-2023

Fecha

20 de marzo de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos acreditados: “El día 24/10/2023, a las 01:40 horas aproximadamente, mientras la victima de iniciales L.E.G.S. conducía una motocicleta marca Haoque, modelo NK150, año2022, placa patente VJB077 por Avenida Lo Blanco al llegar a calle Francisco de Camargo, comuna de El Bosque, fue abordado por el imputado JUAN ANDRES PEREZ LUZARDO, quien en compañía de otros sujetos, hasta ahora desconocidos, premunidos de armas de fuego abordaron a la víctima, amenazándola diciéndole “maldito entrega la moto”, sustrayendo con ánimo de lucro y sin el consentimiento de la víctima, la referida motocicleta, una billetera con documentación personal, un teléfono celular marca Huawei g9 prime y documentación de la motocicleta, huyendo con las especies en su poder” Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal respecto de todos los imputados: Atenuantes: Artículo 11 N° 9 del Código Penal. Agravantes: No concurren. Santiago, a veinte de marzo de dos mil veinticuatro. SE DECLARA: I.- Que se acoge la solicitud del Ministerio Público como consecuencia se condena a JUAN ANDRES PEREZ LUZARDO, cedula nacional de identidad n° 0014899616-4, 20 años, nacido el 20 de enero de 2004, de nacionalidad venezolano, soltero, repartidor, con domicilio en 5TA AVENIDA 1475 DEPTO Nº 329, San Miguel, correo electrónico 12losgallos@gmail.com , apercibido de conformidad al artículo Código: XGWNXMQXGTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 26 del Código Procesal Penal, como autor del delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN, en grado de desarrollo de consumado, hecho ocurrido el 24 de octubre de 2023, en horas de la madrugada en perjuicio de la víctima de iniciales L.E.G.S. en la comuna de El Bosque, a sufrir la pena de CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesorias legales del artículo 29 del Código Penal, esto es; inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargo u oficio público d

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se acoge la solicitud del Ministerio Público como consecuencia se condena a JUAN ANDRES PEREZ LUZARDO, cedula nacional de identidad n° 0014899616-4, 20 años, nacido el 20 de enero de 2004, de nacionalidad venezolano, soltero, repartidor, con domicilio en 5TA AVENIDA 1475 DEPTO Nº 329, San Miguel, correo electrónico 12losgallos@gmail.com , apercibido de conformidad al artículo Código: XGWNXMQXGTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 26 del Código Procesal Penal, como autor del delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN, en grado de desarrollo de consumado, hecho ocurrido el 24 de octubre de 2023, en horas de la madrugada en perjuicio de la víctima de iniciales L.E.G.S. en la comuna de El Bosque, a sufrir la pena de CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesorias legales del artículo 29 del Código Penal, esto es; inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, mas incorporación de huella genética en registro nacional de condenados, sin costas. II.- Que, cumpliéndose con los requisitos del artículo 34 de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la pena de EXPULSION DEL TERRITORIO NACIONAL, debiendo el sentenciado ser expulsado de este territorio y una vez cumplido este, se le prohibirá el retorno al territorio nacional por el término de DIEZ AÑOS, en el caso que el condenado re

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RESUMEN: R.U.C. : 2301198051-1 R.I.T. : 6177 - 2023 DELITO : ROBO CON INTIMIDACIÓN NOMBRE IMPUTADO : JUAN ANDRES PEREZ LUZARDO CÉDULA DE IDENTIDAD : 0014899616-4 DOMICILIO : Calle 5TA AVENIDA 1475 DEPTO Nº 329, San Miguel. FISCAL : IGNACIO PEFAUR CORNEJO RTE MIN INTERIOR : CAMILA PIANTINI DEFENSOR PRIVADO : JUAN ALFONSO ADAUY ROCK TRIBUNAL : 11° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO FECHA DE SENTENCIA : 2

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