3º Juzgado de Letras de Calama

MINERA CENTINELA/

Rol

V-948-2020

Fecha

15 de febrero de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO.- Que, don JUAN ESTEBAN POBLETE NEWMAN, chileno, abogado, casado, c dula nacional de identidad N°é 10.742.018-5, en representaci n de ó MINERA CENTINELA, Sociedad Chilena del giro de su denominaci n, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo N°4001, Piso 18,ó comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, con fecha 14 de agosto de 2020, siendo las 00:08 horas, solicit concesi n minera de ó ó EXPLORACI NÓ , que denominar á “CANDELA 8”, con una superficie de 200 hect reas. á SEGUNDO.- Que, el pedimento minero fue inscrito a fojas 3.870 bajo el N°2.487, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 28 de agosto de 2020. TERCERO.- Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 14 de septiembre de 2020, Diario Oficial, edici n Nº 42.756 seg n ejemplaró ú acompa ado, el que consta en autos.ñ CUARTO.- Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 26 de noviembre de 2020, mediante ordinario N° 7028, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y planoó é de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposiciones legalesó vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficialó de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO.- Que, el peticionario dio cumplimiento a la obligaci n de pago deó la tasa de pedimento y la patente proporcional, seg n consta en autos.ú SEXTO.-. Que, en el plano de las concesiones mineras de exploraci n,ó consta que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superioré del pedimento minero denominada “CANDELA 8”, con una superficie de 200 hect reas, solicitadas y materia de esta concesi n son:á ó VERTICE NORTE ESTE P.M. 7.449.000,00 527.500,00 V 1 7.450.000,00 527.000,00 V 2 7.450.000,00 528.000,00 V 3 7.448.000.00 528.000,00 V 4 7.448.000.00 527.000,00 S PTIMO: É Que, con fecha 10 de febrero de 2021, se trajeron l

Fundamentos

considerando: que, del an lisis de los antecedentes queá obran en autos y el m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a yé é í Miner a, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan viciosí procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de la concesi n deó ó exploraci n o la declaraci n de caducidad, por lo que es procedente acceder a loó ó solicitado. Y, VISTO adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52,á í 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecido en losó í art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,

Fallo

se resuelve:í I.- Que, se aprueba el plano de la concesi n minera de exploraci nó ó denominada “CANDELA 8”. II.- Que, se declara constituida la concesi n minera de exploraci nó ó “CANDELA 8”, con una superficie total de 200 hect reas a favor deá MINERA CENTINELA, ya individualizada. III.- Inscr base la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro delí Conservador de Minas de El Loa Calama. IV.- Pract quese la publicaci n legal extractada en conformidad a loí ó dispuesto en el art culo 89 y 90 del C digo de Miner a y 43 del reglamento.í ó í V.- Arch vese la copia del plano de la concesi n de exploraci n en elí ó ó Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de esta ciudad. VI.- El interesado deber entregar el original del plano de la concesi ná ó minera de exploraci n al Servicio Nacional de Geolog a y Miner a.ó í í Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í Rol V-948-2020 Dictada por do añ ELSA MARIA CASTRO LILLO, Juez Titular del Tercer Juzgado de Letras de Calama. En Calama, a qiuince de Febrero de dos mil veintiuno, se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información cons

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-948-2020 CARATULADO : MINERA CENTINELA/ Calama, quince de Febrero de dos mil veintiuno VISTOS: PRIMERO.- Que, don JUAN ESTEBAN POBLETE NEWMAN, chileno, abogado, casado, c dula nacional de identidad N°é 10.742.018-5, en representaci n de ó MINERA CENTINELA, Sociedad Chilena del giro de su denominaci n, ambos con

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