VALENZUELA/COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA BERTONATI S.A.
Rol
O-1706-2022
Fecha
5 de mayo de 2022
Materia
Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales pertinentes controvertidos y, según lo señala el artículo 453 N° 3 inciso 2° del Código de Trabajo, no recibe la causa a prueba y dando por concluida la audiencia procede a dictar sentencia. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7 42, 63, 67, 73, 160N°7, 162, 163, 171, 172, 173, 420, 446 y siguientes, 452, 453, 454, 456, 457, 459 todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I.- Que, se acoge la acción de despido indirecto y cobro de prestaciones, entablada por Juan Camilo Valenzuela Cautivo en contra de Comercial y Distribuidora Bertonati S.A., y por tanto se declara que la relación laboral entre las partes, iniciada el 17 de agosto del año 2015, terminó por despido indirecto, al haber incumplido gravemente el contrato de trabajo el empleador, con fecha 18 de enero de 2022. II.- Se condena a la demandada Comercial y Distribuidora Bertonati S.A., a pagar al demandante Juan Camilo Valenzuela Cautivo: 1) Indemnización sustitutiva del aviso previo, correspondiente a $1.168.407. 2) Indemnización por años de servicios, correspondiente a $4.673.628. 3) Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicios, correspondiente a $2.366.814. 4) Remuneraciones no pagadas de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre 2021, correspondientes a $4.673.628. 5) Feriado legal correspondiente a $853.001. 6) Feriado proporcional correspondiente a $355.417. III.- Las cantidades ordenadas pagar en el punto anterior deberán serlo con reajustes e intereses, conforme a lo establecido en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo,
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7 42, 63, 67, 73, 160N°7, 162, 163, 171, 172, 173, 420, 446 y siguientes, 452, 453, 454, 456, 457, 459 todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I.- Que, se acoge la acción de despido indirecto y cobro de prestaciones, entablada por Juan Camilo Valenzuela Cautivo en contra de Comercial y Distribuidora Bertonati S.A., y por tanto se declara que la relación laboral entre las partes, iniciada el 17 de agosto del año 2015, terminó por despido indirecto, al haber incumplido gravemente el contrato de trabajo el empleador, con fecha 18 de enero de 2022. II.- Se condena a la demandada Comercial y Distribuidora Bertonati S.A., a pagar al demandante Juan Camilo Valenzuela Cautivo: 1) Indemnización sustitutiva del aviso previo, correspondiente a $1.168.407. 2) Indemnización por años de servicios, correspondiente a $4.673.628. 3) Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicios, correspondiente a $2.366.814. 4) Remuneraciones no pagadas de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre 2021, correspondientes a $4.673.628. 5) Feriado legal correspondiente a $853.001. 6) Feriado proporcional correspondiente a $355.417. III.- Las cantidades ordenadas pagar en el punto anterior deberán serlo con reajustes e intereses, conforme a lo establecido en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, cuando corresponda. IV.- Se acoge la acción de nulidad del despido por no
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 05 DE MAYO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 15 virtual RUC 22-4-0391399-9 RIT O-1706-2022 MAGISTRADO VÍCTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERIC PIZARRO LUCO HORA DE INICIO 10:29 HORAS HORA DE TERMINO 10:57 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2240391399-9-1349-220505-00 PARTE DEMA
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