Juzgado de Garantía de Victoria.

4A COMISARÍA CARABINEROS VICTORIA C/ EILEEN VIXANIA VALDEBENITO MENA

Rol

O-216-2023

Fecha

11 de marzo de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don respecto de FRANCISCO JAVIER FERREIRA VALLEJOS, cédula nacional de identidad N°16.869.954-9, ignoro profesión u oficio, domiciliado en calle San Martín Sur N° 1471, comuna de Victoria, en calidad de autor del ilícito de robo en lugar no habitado previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 en relación al artículo 432 ambos del Código Penal en grado de desarrollo frustrado, fundado en los siguientes hechos: “El día 09 de abril del año 2023, en horas de la noche a eso de las 23:30 horas, los imputados EILEEN VIXANIA VALDEBENITO MENA, JORGE IGNACIO BRAVO BRAVO, PETER WILSON BARRA REYES y FRANCISCO JAVIER FERREIRA VALLEJOS, previamente concertados concurrieron hasta calle Maturana N° 080, esquina camino a aeródromo, de la comuna de Victoria, algunos de ellos movilizados en el vehículo ppu KTJG-57, color blanco, a fin de sustraer especies, lugar en el cual fracturaron los candados y aldabas de 02 bodegas de color rojo ubicadas en dicho lugar, de propiedad de la víctima Jaime Fernández Sanhueza, siendo sorprendidos mientras realizaban dicha acción huyendo los imputados del recinto sin lograr sustraer especies, siendo posteriormente detenidos por personal de Carabineros. Hacer presente además que al momento de la detención el imputado FRANCISCO JAVIER FERREIRA VALLEJOS fue sorprendido portando un napoleón de color amarillo con negro, el cual mantenía oculto en su pierna izquierda bajo el pantalón que vestía.” Los antecedentes que fundamentan el requerimiento son: 1.- Parte Detenidos N° 558, evacuado por evacuado por la Cuarta Comisaría de Carabineros Victoria, con fecha 10/04/2023, que da cuenta del hecho y contiene: a) Declaración de personal aprehensor Armando Araneda Muñoz y Fernando Vidal Gajardo. b) Acta de declaración voluntaria de la víctima Jaime Hernán Fernández Sanhueza. c) Acta de declaración voluntaria del testigo Edgar Rodr

Fundamentos

considerando que no concurren circunstancias que modifiquen la responsabilidad del encartado, el grado de desarrollo del ilícito unido a lo preceptuado en el artículo 69 del Código Penal desde el punto de vista los fines y funciones de la pena, se aplicará la pena solicitada por el Ministerio Público por estimar que resulta condigna a los hechos materia del requerimiento. En cuanto a la concesión de penas sustitutivas, estimando esta sentenciadora que se cumplen con los requisitos de los artículos 7 y siguientes de la ley 18.216, será otorgada según se dirá. Finalmente, se le eximirá de las costas por haber aceptado el procedimiento simplificado.

Fallo

Por estas consideraciones, y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 14, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 30, 50, 67, 68, 69, 70, 442, 432 todos del Código Penal; 45, 46, 47, 342, 346, 348, 388, 393, 395 y siguientes y 468, todos del Código Procesal Penal, ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a don FRANCISCO JAVIER FERREIRA VALLEJOS, ya individualizado, como autor en grado de frustrado del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, por los hechos acaecidos el día nueve de abril del año dos mil veintitrés en la comuna de Victoria. Código: NCHQXMTDWZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos de los artículos 7 y 8 de la ley 18.216 se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la de reclusión parcial nocturna en su domicilio ubicado en Calle San Martín Sur N° 1471, comuna de Victoria, por el término de duración de la condena, entre las 22 horas de cada día y hasta las 06:00 horas del día siguiente abonándose a su favor dos días que se ha encontrado privado de libertad en la presente causa motivo de sus detenciones, quedando sujeto al control de monitoreo telemático debiendo presentarse en el Centro de Reinserción Social más cercano a su domicilio a fin de dar i

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1 Victoria, once de marzo del año dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don respecto de FRANCISCO JAVIER FERREIRA VALLEJOS, cédula nacional de identidad N°16.869.954-9, ignoro profesión u oficio, domiciliado en calle San Martín Sur N° 1471, comuna de Victoria, en calidad de autor d

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