MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ MAURICIO ROBERTO MALUENDA HUMERES
Rol
O-263-2023
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos configuran los delitos consumados de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A inciso tercero del Código Penal, y de conducción a sabiendas de vehículo motorizado con placa patente falsa, previsto y sancionado en el artículo 192 E de la ley 18.290, atribuyéndole participación como autor en los términos del artículo 15 n° 1 del Código Penal. TERCERO: Que, en su alegato de apertura, el defensor pidió “desde ya” la absolución del acusado, afirmando que él no tenía conocimiento “alguno” de que el vehículo que conducía, remuneradamente y por encargo, tenía una placa patente “distinta” o falsa y de que el vehículo tenía un origen ilícito. Según el defensor, el acusado solamente habría incurrido en conductas “culposas” al no haber “previsto” la revisión documental, de la patente y de otros elementos para poder haber advertido una “condición de esta naturaleza”. En segundo lugar, pidió la absolución por entender que la prueba sería insuficiente para acreditar el elemento subjetivo, tanto del primer como del segundo ilícito. Código: XXYCXMXMXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 CUARTO: Que el acusado, al prestar declaración en la audiencia, dijo que en ese tiempo trabajaba en la vega de Lo Valledor en el sector de las papas. En ese sector estaba don Luis Sandoval, más conocido como “Guatón Lucho”, quien teniendo conocimiento de que tenía licencia de conducir le ofreció pagarle por ir a dejar una camioneta, ya que él “no podía hacerla” y tenía que devolverla porque era de un familiar. Le dio la dirección, que en este momento no recuerda, en la ciudad de Calama y le “pasó” para todos los gastos correspondientes: peajes y todo. Llegando a Calama, a la dirección indicada, la persona a la cual le pasara la camioneta le iba a “cancelar”. Él, por falta de trabajo, aceptó “sin dudar nada”. Tomó la camioneta, empezó a viajar, se quedó un día en Copiapó y a
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces Ingrid Castillo Fuenzalida, quien presidió, Paula Ortiz Saavedra y Alfredo Lindenberg Bustos, el día siete de marzo del año en curso se llevó a efecto la audiencia de juicio en la causa rol interno 263/2023, seguida en contra del acusado Mauricio Roberto Maluenda Humeres, chileno, soltero, chofer de taxi, cuarenta y tres años de edad, nacido en Santiago el 5 de julio de 1980, con domicilio en Paseo Grohnert 5901, departamento 301, comuna de Pedro Aguirre Cerda, cédula nacional de identidad n° 13.917.756-8. El ministerio público actuó representado por la fiscal adjunta Lorena Pavez Barra, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal licitado, Sergio Balcázar Arias. SEGUNDO: Que la acusación se funda en los siguientes hechos, según se lee en el auto de apertura: “El día 1 de noviembre de 2022 alrededor de las 17:30 horas en la Ruta 5 Norte a la altura del kilómetro 1.460, el imputado Mauricio Roberto Maluenda Humeres fue sorprendido por personal de Carabineros conduciendo el vehículo tipo camioneta marca Ford, Modelo F-150, color azul, PPU LWPB.57 la cual mantenía adosadas las placas patentes JXRK.65 las que resultaron ser falsas, conociendo su origen ilícito o no pudiendo menos que conocerlo por cuanto el vehículo mantenía la placa patente falsa antes Código: XXYCXMXMXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl indicada la que no coincidía con la placa patente grabada en el espejo retrovisor lateral del lado del copiloto móvil y éste se encontraba con encargo de búsqueda vigente de fecha 4 de octubre de 2022 por el delito de robo de vehículo motorizado de la comuna de Santiago”. A juicio del ministerio público los hechos descritos configuran los delitos consumados de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A inciso tercero del Código Penal, y de conducción a sabiendas de vehículo motorizado con placa patente falsa, previsto y sancionado en el artículo 192 E de la ley 18.290, atribuyéndole participación como autor en los términos del artículo 15 n° 1 del Código Penal. TERCERO: Que, en su alegato de apertura, el defensor pidió “desde ya” la absolución del acusado, afirmando que él no tenía conocimiento “alguno” de que el vehículo que conducía, remuneradamente y por encargo, tenía una placa patente “distinta” o falsa y de que el vehículo tenía un origen ilícito. Según el defensor, el acusado solamente habría incurrido en conductas “culposas” al no haber “previsto” la revisión documental, de la patente y de otros elementos para poder haber advertido una “condición de esta naturaleza”. En segundo lugar, pidió la absolución por entender que la prueba sería insuficiente para acreditar el elemento subjetivo, tanto del primer como del segundo ilícito. Código: XXYCXMXMXXX Este documento tiene firma electrón
Fallo
por tanto, que se conozca la clase ni naturaleza del delito concreto del cual proceden las especies receptadas, sino que cualquier persona, atendidas las circunstancias del hecho, pueda sospechar aplicando un mínimo de inteligencia que las especies no tienen un origen lícito”. En el presente caso, este primer elemento (que el acusado estaba en poder de un vehículo robado), se encuentra acreditado con el testimonio de la víctima G.E.M.S. y de los funcionarios Rodrigo Carvajal y Francisco Arias, así como con las fotografías exhibidas y el documento signado con el numeral segundo en el motivo quinto que da cuenta de la denuncia y del correspondiente encargo por robo. - G.E.M.S. fue más explícito que en la denuncia y expuso en forma pormenorizada las circunstancias del robo. Dijo que su camioneta, una camioneta Ford F-150, Lariat, de color azul, se la robaron en Santiago el 4 de octubre de 2022, en Sargento Aldea con Arturo Prat, y que se trató de un asalto. Él tenía estacionada la camioneta, la que había dejado cerrada con llave. Volvió después de haber ido a buscar una documentación, vio gente arriba de la camioneta y al verlo arrancaron, se subieron a otra camioneta y “salieron”. Él se subió para ver si le habían robado algo de adentro. Vio una máquina tipo antena, algo que tiene que haber sido para clonar la llave (porque la llave la andaba trayendo él), y vio otra llave parecida a la suya al lado de la máquina. En esos momentos volvieron los de la camioneta y lo Código: X
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1 Antofagasta, a doce de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces Ingrid Castillo Fuenzalida, quien presidió, Paula Ortiz Saavedra y Alfredo Lindenberg Bustos, el día siete de marzo del año en curso se llevó a efecto la audiencia de juicio en la causa rol interno 263/20
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