SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A./
Rol
V-928-2020
Fecha
10 de febrero de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO.- Que, do a ñ PAULINA ANDREA ALVAREZ ULLOA, chilena, soltera, abogado, en representaci n de ó SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A. o tambi n é S.Q.M. S.A., persona jur dica de derechoí privado del giro y nacionalidad de su denominaci n, ambos domiciliados en An baló í Pinto N° 3228 de Antofagasta, con fecha 11 de agosto de 2020, siendo las 16:43 horas, solicit concesi n minera de ó ó EXPLORACI NÓ , que denominar á “LLANO B 7”, con una superficie de 800 hect reas. á SEGUNDO.- Que, el pedimento minero fue inscrito a fojas 3.552 bajo el N°2.304, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 18 de agosto de 2020. TERCERO.- Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 07 de septiembre de 2020, Diario Oficial, edici n Nº 42.750 seg n ejemplaró ú acompa ado, el que consta en autos.ñ CUARTO.- Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 24 de noviembre de 2020, mediante ordinario N° 6962, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y planoó é de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposiciones legalesó vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficialó de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO.- Que, el peticionario dio cumplimiento a la obligaci n de pago deó la tasa de pedimento y la patente proporcional, seg n consta en autos.ú SEXTO.-. Que, en el plano de las concesiones mineras de exploraci n,ó consta que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superioré del pedimento minero denominada “LLANO B 7”, con una superficie de 800 hect reas, solicitadas y materia de esta concesi n son:á ó VERTICE NORTE ESTE P.M. 7.438.000,00 561.000,00 V 1 7.439.000,00 559.000,00 V 2 7.439.000,00 563.000,00 V 3 7.437.000.00 563.000,00 V 4 7.437.000.00 559.000,00 S PTIMO: É Que, con fecha 8 de febrero de 2021, se trajeron l
Fundamentos
considerando: que, del an lisis de los antecedentes queá obran en autos y el m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a yé é í Miner a, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan viciosí procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de la concesi n deó ó exploraci n o la declaraci n de caducidad, por lo que es procedente acceder a loó ó solicitado. Y, VISTO adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52,á í 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecido en losó í art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,
Fallo
se resuelve:í I.- Que, se aprueba el plano de la concesi n minera de exploraci nó ó denominada “LLANO B 7”. II.- Que, se declara constituida la concesi n minera de exploraci nó ó “LLANO B 7”, con una superficie total de 800 hect reas a favor deá SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A., ya individualizada. III.- Inscr base la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro delí Conservador de Minas de El Loa Calama. IV.- Pract quese la publicaci n legal extractada en conformidad a loí ó dispuesto en el art culo 89 y 90 del C digo de Miner a y 43 del reglamento.í ó í V.- Arch vese la copia del plano de la concesi n de exploraci n en elí ó ó Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de esta ciudad. VI.- El interesado deber entregar el original del plano de la concesi ná ó minera de exploraci n al Servicio Nacional de Geolog a y Miner a.ó í í Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í Rol V-928-2020 Dictada por do añ ELSA MARIA CASTRO LILLO, Juez Titular del Tercer Juzgado de Letras de Calama. En Calama, a diez de Febrero de dos mil veintiuno, se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-928-2020 CARATULADO : SOCIEDAD QU MICA Y MINERA DE CHILEÍ S.A./ Calama, diez de Febrero de dos mil veintiuno VISTOS: PRIMERO.- Que, do a ñ PAULINA ANDREA ALVAREZ ULLOA, chilena, soltera, abogado, en representaci n de ó SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A. o tambi n é S.Q.M. S.A., persona jur dica de derechoí
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