Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt

MARCENAT/GONZÁLEZ

Rol

M-171-2021

Fecha

3 de mayo de 2022

Materia

Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que la presente causa se inicia con la comparecencia de .MARCENAT FENEL, cesante, domiciliado en Constitución, Calle Collao Número 134, comuna de Puerto Montt, quien interpone demanda por nulidad de despido, despido indirecto y cobro de prestaciones laborales, a su ex empleador: MAURICIO GONZALEZ INGENIERIA Y SERVICIOS E.I.R.L. persona jurídica del giro de su denominación, Rut N° 76.900.283-K representada por don MAURICIO ALFREDO GONZALEZ DELGADO ; asimismo, en forma solidaria por su calidad de coempleadores, en contra de MAURICIO ALFREDO GONZALEZ DELGADO ignoro profesión u oficio, Rut N° 12.225.214-0 todos con domicilio en Avenida Francia Numero 922, comuna de Quintero, por los argumentos de hecho y de derecho que a continuación expongo: Los hechos: Comenzó a trabajar para la demandada MAURICIO GONZALEZ INGENIERIA Y SERVICIOS E.I.R.L., el 2 de marzo de 2018, según contrato de trabajo de la misma fecha, celebrado en la comuna de Puerto Montt, Las labores fueron realizadas en la comuna de Puerto Montt. Dicho contrato fue de duración indefinida. Respecto a su horario de trabajo, este era de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas, con una hora de colación. En cuanto a la remuneración, esta era de $276.000 hasta el primero de marzo de 2019 fecha en que se modificó de común acuerdo el contrato laboral en lo que respecta a la remuneración, pasando está a ser de $301.000. Por motivo principalmente de las cotizaciones impagas envió carta certificada a su empleador, con copia a la Inspección del Trabajo de Puerto Montt, la que señala que: Por este acto, vengo en poner en conocimiento a usted y a la empresa que representa, cuyo domicilio se encuentra en Av. Francia Nª 22 comuna de quintero, con fecha 14 de julio de 2020, he puesto termino al contrato que nos une. Todo esto de conformidad al artículo 171 del Código del Trabajo, ya que usted ha incurrido en la causal contemplada en el artículo 160 N°7, del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que emanan del contrato del trabajo, lo que se traduce en: Art. 160 N°7: - Existe un incumplimiento grave de las obligaciones que emanan del Contrato de Trabajo, y que se traducen en: a) No incluir cláusula de viaje en el contrato de trabajo de fecha 02 de marzo de 2018.- b) Haber suscrito unilateralmente el acuerdo de protección al empleo de la Ley 21.227, falsificando la firma del trabajador, para efectos de acogerse a la ley. c) Haber engañado al trabajador. Haciéndole creer que el trámite de la suspensión de labores era un trámite obligatorio para el trabajador, por las contingencias de la pandemia del coronavirus. d) Que a pesar de haber suscrito el acuerdo de suspensión laboral de la ley 21.227, igualmente ha obligado al trabajador a seguir trabajando en sus labores de forma ordinaria. e) Obligar al trabajador a realizar labores en exceso de su jornada de trabajo, aprovechándose de su falta de conocimiento de la normativa laboral vigente y del poco manejo

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza la demanda por despido indirecto interpuesta por Marcenat Fenel en contra de Mauricio González Ingeniería y Servicios EIRL y Mauricio Alfredo González Delgado. II.- Que el término de la relación laboral se produjo el 14 julio 2020 por la causal de renuncia del trabajador del artículo 159 N° 2 del Código del Trabajo. III.- Que la demandada Mauricio González ingeniería y Servicios EIRL deberá pagar el feriado proporcional por la suma de $413.979, reajustada de conformidad al artículo 63 del Código del Trabajo IV.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese y notifíquese. RIT M-171-2021 Dictada por doña Marcia Yurgens Raimann, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, tres de mayo de dos mil veintidós. VISTOS OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que la presente causa se inicia con la comparecencia de .MARCENAT FENEL, cesante, domiciliado en Constitución, Calle Collao Número 134, comuna de Puerto Montt, quien interpone demanda por nulidad de despido, despido indirecto y cobro de prestaciones laborales, a su ex empleador: MAURICIO GONZALEZ INGENIERIA Y SE

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