4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

LIKANA SOLAR SPA

Rol

V-585-2020

Fecha

10 de febrero de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 27 de Septiembre de 2020, Pabla Daza Paredes, chilena, Cédula de Identidad N° 11.756.418-5, soltera, abogada, en representación, según se acredita en autos de LIKANA SOLAR SpA., sociedad chilena del giro de su denominación, R.U.T. N° 76.567.717-3, ambas domiciliadas para estos efectos, en Avenida Apoquindo N° 4501, Oficina 803, comuna de Las Condes, Santiago, solicitó el pedimento de la concesión de exploración denominada “PABLO 49”, ubicada en la comuna de Sierra Gorda, provincia y región de Antofagasta. SEGUNDO: Que con fecha 01 de Octubre de 2020, el pedimento fue inscrito a fjs. 4.380, bajo el Nº 2.425 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2020.- TERCERO: Que con fecha 26 de Octubre de 2020, se publicó la inscripción del pedimento en el boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta. CUARTO: Que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Ord. Nº 0827 de fecha 04 de Febrero de 2021, agregado en folio 9 del SITCI, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conformes con las disposiciones legales vigentes. QUINTO: Que las coordenadas U. T. M. del punto medio y de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.466.000,00 487.000,00 V1 7.467.000,00 486.500,00 V2 7.467.000,00 487.500,00 V3 7.465.000,00 487.500,00 V4 7.465.000,00 486.500,00 SEXTO: Que teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos: R E S U E L V O : Se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “PABLO 49”, con una superficie de 200 hectáreas, a favor de LIKANA SOLAR SpA, sociedad chilena del giro de su denominación, solicitada en su representación por doña Pabla Daza Paredes, ambas ya individualizadas. Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase y archívese en conformidad a la Ley. Remítase copia autorizada de esta sentencia, la que deberá obtenerse por la interesada directamente de la Oficina Judicial Virtual, según lo dispuesto en el Auto Acordado N° 71-2016 de fecha 17 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema, en relación a la Ley 20.886, artículo 4°, inciso final, conjuntamente con el plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese y notifíquese.- Dictada por doña Susana Tobar Bravo, Juez Titular. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla S

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FOJA: 11.- once.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-585-2020 CARATULADO : LIKANA SOLAR SPA AUTOS : 09.02.2021 Antofagasta, diez de Febrero de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 27 de Septiembre de 2020, Pabla Daza Paredes, chilena, Cédula de Identidad N° 11.756.418-5, soltera, abogada, en representación

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