Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ CRISTIAN ANDRÉS CHÁVEZ NAHUELHUEN

Rol

O-6188-2023

Fecha

11 de marzo de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° , 15 N°1, 18, 24, 25, , 4 , 5 y 7 del Código Penal; artículos 45, 47, 2 5, 2 7, y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 11 , 1 y 2 de la ley 18.2 ; artículo 7 y siguientes de la ley 18.21 , se declara: I.- Que, SE CONDENA a CRISTIAN ANDRÉS CHÁVEZ NAHUELHUEN, RUN N° - , ya individualizado, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida, cometido en Puerto Montt el día de agosto de 2 2 , a la PENA de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la PENA de MULTA de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la SUSPENSIÓN de su licencia de conducir por el término de CINCO AÑOS. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 7° de la Ley 18.21 , se le APLICA la medida sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, entre las 22: horas de un día y las : del día siguiente, en su domicilio ubicado en Calle Isla Huelmo , Alerce Sur, Puerto Montt (chavez.nahuelhuen@gmail.com) Puerto Montt, la cual deberá ser fiscalizada a través de Gendarmería de Chile, sujeto a la factibilidad técnica del control telemático y ante la imposibilidad del mismo Gendarmería deberá remitir la información a Carabineros del domicilio del imputado para que estos efectúen las visitas o el contr

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, once de marzo de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° , 15 N°1, 18, 24, 25, , 4 , 5 y 7 del Código Penal; artículos 45, 47, 2 5, 2 7, y sigu

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica