C/ JORGE CRISTÓBAL VILLARROEL SANDOVAL
Rol
O-6269-2021
Fecha
7 de marzo de 2024
Materia
CULTIVO ESTUPEFACIENTES/FALSIFIC RECETAS ART. 8 LEY N 20.000, RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público dedujo acusación en contra del imputado, fundándolo en que el día 27 de diciembre de 2021, a las 19.00 horas aproximadamente, en el domicilio ubicado en calle San Pablo N° 128, comuna de Lampa, funcionarios de Carabineros, sorprendieron al acusado JORGE CRISTÓBAL VILLARROEL SANDOVAL, manteniendo en su poder, en el interior del referido domicilio, el vehículo marca Nissan modelo V-16, placa patente única WY-2755, de propiedad de la Corporación Municipal de Lo Prado, el que mantenía encargo vigente por el delito de Robo N° SEBV-202112-5104, de fecha 27 de diciembre de 2021, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo, habida consideración de la proximidad del tiempo en que este fue sustraído y la época del hallazgo, Código: XRHZXMRCCBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl junto con el hecho de que este no mantenía llaves ni documentación del referido vehículo. Además, el acusado, careciendo de la debida autorización, fue sorprendido por personal policial, manteniendo en su poder, cultivando y cosechando, en el exterior del domicilio 12 plantas de cannabis sativa, y en el interior del domicilio, en una habitación especialmente destinada al efecto, con sistema de ventilación e iluminación especial, la cantidad de 69 plantas de cannabis sativa, en total 81 plantas de cannabis sativa con una altura de 1 metro y 10 centímetros la mas grande, y 30 centímetros la más pequeña, no justificando estar destinados a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, ni estar destinada a un tratamiento médico.. Según el Ministerio Público, los hechos antes descritos son constitutivos de un delito de receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal; y, del delito de Cultivo de Estupefacientes del artículo 8 de la Ley 20.000, ambos en grado de desarrollo consumado Al acusado se le atribuye participación en calidad de autor ejecutor en los términos del artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Que, el Ministerio Público le reconoce al imputado las circunstancias atenuantes de responsabilidad penal contempladas en los números 6 y 9 del artículo 11 del Código Penal, esto es, su irreprochable conducta anterior y la colaboración sustancial. Es en virtud de lo anterior que se solicitó la imposición de dos penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de 1/3 de UTM y accesorias legales, más el comiso, sin costas. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público descansó su pretensión punitiva en los siguientes antecedentes: Código: XRHZXMRCCBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - Declaración de los funcionarios policiales JEREMIA CAHULLAN AILLAPAN y HERNAN ROJAS MUÑOZ. - Declaración de los funcionarios de la SIP RAFAEL BOCCA BAEZA y ABEL ORTEGA VEGA. - Declaración de la testigo SONIA DEL CARMEN SANDOVAL
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a JORGE CRISTÓBAL VILLARROEL SANDOVAL, ya individualizado, a sufrir una pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a pagar a beneficio fiscal una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual y a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante la Código: XRHZXMRCCBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl condena, al ser considerado autor ejecutor del delito consumado de receptación, perpetrado en la comuna de Lampa, el día 27 de diciembre del 2021. II.- Que, se condena a JORGE CRISTÓBAL VILLARROEL SANDOVAL, ya individualizado, a sufrir una pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a pagar a beneficio fiscal una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual y a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante la condena, al ser considerado autor ejecutor del delito consumado de cultivo de estupefacientes, perpetrado en la comuna de Lampa, el día 27 de diciembre del 2021. III.- Que, una de las multas se le tendrá por pagada con la detención del día 28 de diciembre del 2021. La segunda multa deberá ser pagada dentro de los primeros cinco días del mes siguiente de ejecutoriado este fallo, si no la pagare sufrirá por vía de sustitución o apremio, la pena de reclusión regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual. IV.- Que, por reunir el sentenciado los requisitos del artículo 4º d
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C/JORGE CRISTÓBAL VILLARROEL SANDOVAL. RIT: 6269-2021. RUC: 2101169101-0. RECEPTACIÓN y CULTIVO DE ESTUPEFACIENTES. Colina, siete de marzo del 2024. Que, ante este Juzgado de Garantía de Colina con fecha 7 de marzo del 2024 se celebró audiencia de procedimiento abreviado bajo la dirección del Juez Carlos Muñoz Sepúlveda, en la causa RIT 6269- 2021, seguida contra JORGE CRISTÓBAL VILLARROEL SA
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