1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SOTO/HOSPITAL DIPRECA

Rol

O-5947-2021

Fecha

2 de mayo de 2022

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 161 inciso primero, 168, 163, 172, 454 y siguientes del código del trabajo, SE DECLARA: I. Que el despido de doña NANCY ORIANA SOTO SILVA efectuado por HOSPITAL DIPRECA fue justificado. II. Que existen diferencias en la base remuneracional que debe entenderse como ultima remuneración de la trabajadora la suma de $1.837.957. III. Que a razón de la declaración del punto anterior deberán pagarse las diferencias de las indemnizaciones de aviso previo, años de servicio y feriados de la trabajadora a razón de los siguientes montos: a) Por diferencia por indemnización por aviso previo la suma de $74.721. b) Por diferencia por indemnización por años de servicio la suma de $821.931. c) Por diferencia por el pago de compensación de feriado la suma de $966.298. IV. Que las sumas ordenadas pagar deberán ser con más intereses y reajustes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del código del trabajo. V. Que no habiendo resultado ninguna de las partes vencidas, cada una pagara sus costas. VI. Una vez ejecutoriada la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día bajo apercibimiento de remitir los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para los fines pertinentes. RIT O-5947-2021 RUC 21- 4-0362722-1 Pronunciada por doña JUANA AMELIA ALVAREZ ARENAZ, Jueza Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a dos de mayo de dos mil veintidós. REGISTRO DE AUDIO

Fallo

SE DECLARA: I. Que el despido de doña NANCY ORIANA SOTO SILVA efectuado por HOSPITAL DIPRECA fue justificado. II. Que existen diferencias en la base remuneracional que debe entenderse como ultima remuneración de la trabajadora la suma de $1.837.957. III. Que a razón de la declaración del punto anterior deberán pagarse las diferencias de las indemnizaciones de aviso previo, años de servicio y feriados de la trabajadora a razón de los siguientes montos: a) Por diferencia por indemnización por aviso previo la suma de $74.721. b) Por diferencia por indemnización por años de servicio la suma de $821.931. c) Por diferencia por el pago de compensación de feriado la suma de $966.298. IV. Que las sumas ordenadas pagar deberán ser con más intereses y reajustes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del código del trabajo. V. Que no habiendo resultado ninguna de las partes vencidas, cada una pagara sus costas. VI. Una vez ejecutoriada la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día bajo apercibimiento de remitir los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para los fines pertinentes. RIT O-5947-2021 RUC 21- 4-0362722-1 Pronunciada por doña JUANA AMELIA ALVAREZ ARENAZ, Jueza Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 02/05/2022, Santiago RUC 21- 4-0362722-1 RIT O-5947-2021 CARATULADO SOTO/HOSPITAL DIPRECA MAGISTRADO JUANA AMELIA ALVAREZ ARENAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jessica Guerra Vasquez HORA DE INICIO 12:00 HORA DE TERMINO 14:22 SALA Sala virtual 3 (3.2) Nº REGISTRO DE AUDIO 2140362722-1-1348 PARTE DEMANDANTE Nancy Oriana Soto S

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