MONUMET/HERNÁNDEZ
Rol
O-3224-2021
Fecha
2 de mayo de 2022
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además, lo dispuesto en los artículos N°1, 3, 10, 160, 162, 168, 171, 420 y siguientes del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes se resuelve: I. Que se acoge la demanda de doña SUZETTE MONUMET, Rut: 25.206.620-9 en contra de doña ROSA ESTER MARTÍNEZ LEÓN, Rut: 6.347.691-9, ROMINA ELIZABETH HERNANDEZ MARTINEZ EIRL, Rut: 77.285.796-9 y doña ROMINA ELIZABETH HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, Rut: 16.044.177-1, y se declara que existió una relación laboral a partir del 01 de julio de 2017, siendo las demandadas un único empleador, esto hasta el día 31 de mayo de 2021, fecha en que existe un despido indirecto y que es ajustado a derecho, y además de nulo y en consecuencia se ordena el pago de las siguientes prestaciones a las demandadas en forma solidaria: a) Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por $450.000.- b) Indemnización por cuatro años de servicio por $1.800.000.- c) Recargo del 50% sobre los años de servicio por $900.000.- d) Feriado legal y proporcional por $630.000 y $123.750 respectivamente. e) Las cotizaciones previsionales morosas de los meses de diciembre de 2017, octubre y noviembre de 2018, julio, octubre, noviembre y diciembre de 2020 y febrero de 2021, tanto de AFP Planvital, Fonasa y AFC Chile. II. Que se condenada a las demandadas solidariamente al pago de las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo celebrado entre las partes durante el periodo comprendido entre la fecha del despido, esto es el 31 de mayo de 2021 y la fecha de envió de entrega de comunicaciones que se informa el pago de las cotizaciones morosas, por no haber entregado las demandadas las cotizaciones previsionales de conformidad a lo dispuesto en el inciso N°5 articulo 162 del Código del Trabajo. III. Las sumas ordenadas a pagadas serán con los intereses y reajustes legales de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. IV. Que cada parte pagara sus costas. Se procederá al cumpli
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demanda de doña SUZETTE MONUMET, Rut: 25.206.620-9 en contra de doña ROSA ESTER MARTÍNEZ LEÓN, Rut: 6.347.691-9, ROMINA ELIZABETH HERNANDEZ MARTINEZ EIRL, Rut: 77.285.796-9 y doña ROMINA ELIZABETH HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, Rut: 16.044.177-1, y se declara que existió una relación laboral a partir del 01 de julio de 2017, siendo las demandadas un único empleador, esto hasta el día 31 de mayo de 2021, fecha en que existe un despido indirecto y que es ajustado a derecho, y además de nulo y en consecuencia se ordena el pago de las siguientes prestaciones a las demandadas en forma solidaria: a) Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por $450.000.- b) Indemnización por cuatro años de servicio por $1.800.000.- c) Recargo del 50% sobre los años de servicio por $900.000.- d) Feriado legal y proporcional por $630.000 y $123.750 respectivamente. e) Las cotizaciones previsionales morosas de los meses de diciembre de 2017, octubre y noviembre de 2018, julio, octubre, noviembre y diciembre de 2020 y febrero de 2021, tanto de AFP Planvital, Fonasa y AFC Chile. II. Que se condenada a las demandadas solidariamente al pago de las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo celebrado entre las partes durante el periodo comprendido entre la fecha del despido, esto es el 31 de mayo de 2021 y la fecha de envió de entrega de comunicaciones que se informa el pago de las cotizaciones morosas, por no haber entregado las demanda
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 02 DE MAYO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 9 (VIRTUAL) RUC 21-4-0339447-2 RIT O-3224-2021 MAGISTRADO IVETTE MOURGUET BESOAIN ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANGELO VARGAS HORA DE INICIO 12:37 HORAS HORA DE TERMINO 13:16 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140339447-2-1349-220502-00 PARTE DEM
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